Nota de Prensa “Para Una Ventana a la Libertad - Por: Carlos Nieto Palma - Bloque de organizaciones para la transformación penitenciaria de Venezuela, organización dedicada desde hace 11 años a la defensa y promoción de los derechos humanos de los hombres y mujeres que se encuentran en nuestras en nuestras cárceles privados de libertad, considera que el Proyecto de Reforma del Código Orgánico Procesal Penal presenta avances significativos en materia penitenciaria al eliminar como requisito para la obtención de formulas alternas de cumplimiento de pena el que el solicitante posea antecedentes penales como lo dice actualmente el COPP e igualmente amplia los equipos técnicos de los recintos carcelarios pudiendo incorporarse en calidad de asistentes a estudiantes de los últimos años de las carreras de derecho, trabajo social, psicología, criminología así como médicos cursantes del post – grado de psiquiatría igualmente crea la posibilidad de formar equipos técnicos con profesionales privados siempre que demuestren credenciales suficientes y el Juez de Ejecución Penal lo autorice. Carlos Alberto Nieto Palma, Coordinador General de la Organización No Gubernamental informo que la eliminación del requisito de no poseer antecedentes penales deberían de acelerar el otorgamiento de medidas sustitutivas a la prisión para los privados de libertad además de que ha sido una solicitud reiterada por los encarcelados y sus familiares en los últimos hechos de violencia ocurridos en los recintos carcelarios aunado a que en la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia existen dos recursos solicitando la nulidad de este requisito para el otorgamiento de formulas alternas de cumplimiento de pena. Igualmente la incorporación de estudiantes en los últimos años de su carrera de derecho, trabajo social, psicología, criminología y médicos cursantes de post – grado en psiquiatría aligerarían el trabajo de los equipos técnicos de los recintos penitenciarios que como todos sabemos es evidente su deficiencia a la hora de hacer las evaluaciones psico sociales necesarias para el otorgamiento de formulas alternas de cumplimiento de pena.“Una Ventana a la Libertad”, considera igualmente que a pesar de estos avances en el tema penitenciario en este proyecto de reforma, se pretenda crear una “Licencia de Espionaje” al darle legalidad a al interceptación o grabación de comunicaciones privadas de cualquier tipo aunado a que obliga a empresas publicas y privadas a crear oficinas para este espionaje que funcionen las 24 horas. Esto sin duda alguna viola de manera flagrante el articulo 48 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela que “garantiza el secreto a la inviolabilidad de las comunicaciones privadas en todas sus formas” al igual que Pactos y Convenios Internacionales en Materia de Derechos Humanos que el Estado debe garantizar y respetar.Para finalizar Carlos Alberto Nieto Palma manifestó que mas allá que se pretenda reformar el Código Orgánico Procesal Penal y ampliar los derechos de los privados de libertad para la obtención de medidas sustitutivas, lo verdaderamente importante es que se creen en realidad estos equipos técnicos en los centros carcelario y se agilice el otorgamiento de estas medidas. Igualmente esperan que los miembros de la Asamblea Nacional se den cuenta de la flagrante violación a los derechos humanos que estarán cometiendo si llegaran a aprobar esta “Licencia de Espionaje” que crean en el articulo 219 y que ya una vez el mismo Presidente de la República lo tildo de violatorio a los derechos humanos cuando se sanciono la tristemente recordada “Ley Sapo”.
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