domingo, 17 de agosto de 2008

El Proyecto Rechazado El 2-D Avanza Por Decreto

Por: Edgar Lopez - Omaira Sayayo - El Nacional - Paquete de leyes impuso 11 artículos de la fallida reforma. Un análisis de los 26 instrumentos dictados por el Gobierno revela que aspectos fundamentales de la propuesta que los venezolanos rechazaron han sido incorporados a la legalidad - ECONOMÍA INTERVENIDA
El control del Estado en todas las esferas de la vida económica que el Ejecutivo considere estratégicas y la exclusión del sector privado en tales actividades abren el camino hacia la supresión de las libertades económicas, a pesar de que ello contradice la Constitución.
EXPROPIACIONES RÁPIDAS La Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios califica de engañosa la publicidad que induzca al "consumismo" . El instrumento permite además expropiar bienes sin que sea necesaria una previa declaración de utilidad pública. REGALAR LA PRODUCCIÓN - La Ley de Pesca y Acuicultura establece que los pescadores artesanales deberán contribuir con la entrega directa y gratuita de una parte del producto capturado en su faena diaria a las personas de su comunidad en situación de exclusión social. A través de la Ley Habilitante el Gobierno adelantó otra fase de su proyecto socialista
Chávez impuso 11 artículos de la reforma rechazada el 2-D Camino al socialismo (I) - Como resultado de un minucioso análisis, los profesores universitarios Victorino Márquez Ferrer (UCAB) y Luis Herrera Orellana (UCV) verificaron que lo esencial de 11 artículos de la fallida reforma constitucional fue impuesto por el presidente Hugo Chávez a través de la Ley Habilitante. Además de los 26 decretos leyes promulgados el pasado 31 de julio, el estudio incluye los actos de Gobierno dictados a partir de 2006, mediante los cuales se ha ido dando soporte al llamado socialismo del siglo XXI. El artículo 70 de la reforma sumaba los consejos del poder popular a los medios de participación ciudadana. En las diversas leyes que regulan el modelo productivo socialista, la administració n pública y la FAN , los consejos comunales adquieren responsabilidades de gestión pública. El artículo 115 del proyecto rechazado el 2-D establecía cinco tipos de propiedad y privilegiaba la intervención del Estado en la economía. Ahora, se admiten la expropiación sin previa declaración de utilidad pública ni control judicial.
El artículo 136 de la reforma planteaba al poder popular como la principal rama del poder público. Mediante los decretos leyes, dicho poder popular se fortalece. El artículo 141 proponía constitucionalizar las misiones. Con la nueva Ley de Administració n Pública se les confirió rango legal. El traslado de competencias regionales y locales al Gobierno central, que estaba enunciado en el artículo 156 de la propuesta presidencial, se concreta, entre otras formas, mediante la creación de autoridades regionales nombradas por el Presidente. El mismo propósito se logró con la transferencia de competencias a los consejos comunales, tal como se indicaba en el artículo 184 de la reforma. Además, se revierte la descentralizació n como se planteó en el artículo 158 de la reforma. Lo más evidente es la instauración de un modelo productivo socialista, en los términos referidos en el artículo 299 del proyecto de modificación de la Constitución. Con los decretos leyes sobre seguridad alimentaria y acceso a bienes y servicios, se reedita el artículo 305 de la reforma. Y la imposición de la voluntad presidencial, según los expertos, se tornó flagrante con los cambios a la FAN , como se pretendía con los artículos 328 y 329 de la reforma. Con 7 leyes el Gobierno suprime las libertades económicas La Constitución de 1999 prevé una economía social de mercado, pero leyes posteriores suprimen el libre mercado A través de 7 leyes -6 de ellas promulgadas después del referéndum para la reforma constitucional- el Gobierno inició la aplicación del socialismo como único modelo económico -tal como proponía en la reforma- al incorporar al ordenamiento jurídico la eliminación del libre mercado, la ampliación del control del Estado en sectores económicos que considera estratégicos y la exclusión de la participación del sector privado en dichos sectores, todo esto en abierta violación a lo establecido en la Constitución vigente que prevé una economía social de mercado, e irrespetando la voluntad popular expresada el 2 de diciembre de 2007. Las referidas leyes son: Ley orgánica de Creación de la Comisión Central de Planificación (22-06-07), Ley de creación del Fondo para el Desarrollo Agrario Socialista (28-01-08), Ley de Pesca y Acuicultura (14-03-08), Ley de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria, Ley para la Defensa de las personas en el acceso a los Bienes y Servicios, Ley orgánica de Turismo y Ley para el Fomento y Desarrollo de la Economía Popular. Estas últimas cuatro promulgadas el pasado 31 de julio, en el marco de la Habilitante. La Ley Orgánica de Creación de la Comisión Central de Planificación tiene como objeto establecer "un modelo capaz de garantizar la satisfacción de las necesidades de la sociedad, logrando la suprema felicidad social, esto es, el modelo socialista". Además de las referidas leyes, el Gobierno también ha emitido decretos orientados hacia el socialismo. El 20 de noviembre de 2006 se autorizó la transformació n de la empresa Venezuela Industrial S.A. (Veninsa), en la Corporación de Industrias Intermedias de Venezuela (Corpivensa) , la cual fue definida como una "corporación estatal de empresas socialistas" que se orienta por el "espíritu, principios y valores de la Revolución Bolivariana Socialista". Y aunque no fue publicado en Gaceta Oficial, pero sí aprobado por la Asamblea Nacional a finales de diciembre de 2007, el Gobierno redactó el Plan de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2007-2013, que parte de la confrontación entre el sistema capitalista y el socialismo, y propone la supresión de la propiedad y las libertades económicas. Este plan establece que el modelo productivo socialista lo forman las empresas de producción Social, "germen y camino hacia el socialismo del siglo XXI". Si la publicidad conduce al consumismo se considerará engañosa En la Ley para la Defensa de las Personas en el Acceso a los Bienes y Servicios, el concepto de publicidad incluye el de propaganda, y se modifica lo que hasta la fecha se entendía por publicidad engañosa, al referirla como aquella que induzca, ya no al error, sino al "consumismo" .
En otras palabras, se considera que si la publicidad induce al consumismo es engañosa. Además, limitar la actividad publicitaria es también limitar la libertad económica, toda vez que el concepto de publicidad indica que es una disciplina cuyo objetivo es persuadir al público meta con un mensaje comercial para que tome la decisión de compra de un producto o servicio que ofrece una determinada empresa. La teoría de la publicidad admite que ésta tiende a la obtención de beneficios comerciales. Esta ley también dispone que el Ejecutivo podrá iniciar la expropiación de los bienes (no sólo alimentos sino cualquier otro) sin que medie para ello declaratoria de utilidad pública e interés social por parte de la Asamblea Nacional. Crea medidas "preventivas" , sin especificar por cuánto tiempo y, sobre la base de presunciones, la toma de posesión de bienes y de los medios de transporte, la ocupación y operatividad temporal (posesión inmediata del bien) y cualquier otra necesaria para garantizar el bienestar colectivo de manera efectiva, oportuna e inmediata. Prevé indemnización sólo en caso de error. En la Ley para el Fomento y Desarrollo de la Economía Popular se incluyeron las formas "comunitarias" (impedidas de obtener lucro) que se proponían en la reforma, como las "empresas comunitarias" , que se llaman ahora "organizaciones socioproductivas comunitarias" . Se definen también los "mercados de trueque comunitario" como "espacios locales destinados periódicamente al intercambio justo y solidario de saberes, bienes y servicios". Se crea un sistema de intercambio alternativo al oficial (que usa el bolívar) "con prohibición de prácticas de carácter financiero, como el cobro de interés o comisiones". Pescadores tendrán que regalar parte de su producción - La Ley de Pesca y Acuicultura establece que los pescadores artesanales de pequeña escala "contribuirán solidariamente con la entrega gratuita y directa a las personas de su comunidad en situación de exclusión social, de una parte del producto capturado en su faena diaria". Los que no sean de pequeña escala entregarán, también gratuitamente, a los órganos y entes del Estado. Por su parte, los pescadores industriales entregarán al Estado, al menos, una cuota de 5% del producto de su actividad. Esta ley también establece que el ministerio correspondiente dará prioridad al desarrollo de unidades de producción socialistas de acuicultura rural, las cuales estarán dirigidas a garantizar la disponibilidad suficiente y permanente de productos de la pesca para atender a la población, local y nacional, a través de la distribución e intercambio de los mismos por medio del trueque. Los consejos comunales ejercerán la contraloría social de las actividades de pesca, acuicultura y conexas, razón por las que se le asigna la fiscalización y vigilancia para el cumplimiento del control de precios. A través de esta ley se crea el Instituto Socialista de la Pesca y Acuicultura, para desarrollar la política en la materia. La Ley de Seguridad y Soberanía Agroalimentaria considera el hambre, de acuerdo a su exposición de motivos, como elemento estructural capitalista. Dispone que el Ejecutivo, por "motivos de seguridad agroalimentaria" , puede decretar la adquisición forzosa de los bienes necesarios para realizar cualquiera de las actividades de la cadena agroalimentaria, sin previa indemnización.
Se crean territorios agrícolas según la capacidad de producción de los rubros a producir "para evitar excesos y déficit". Ejecutivo y consejos comunales definirán prioridades de consumo.
Igualmente, sujeta la importación de alimentos a que el Ejecutivo verifique que no haya producción nacional o que sea insuficiente, en tanto que la exportación sólo será posible si la demanda interna está satisfecha y existe excedente. La Ley de Creación del Fondo para el Desarrollo Agrario Socialista crea el Instituto Autónomo, cuyo fin es "garantizar la conformación de un sistema agrario socialista". Y entre los requisitos para obtener financiamiento del mencionado fondo está que la actividad de los agricultores esté relacionada con el "desarrollo agrario socialista". Por último, en la exposición de motivos de la Ley Orgánica de Turismo se destaca el necesario renacer de una nueva ciudadanía, cuyos valores éticos se abren paso hacia "la nueva sociedad socialista". Además, se habilita al Presidente a trasladar los feriados a lunes o viernes para impulsar el turismo interno.

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