jueves, 17 de noviembre de 2011

Crimenes y Castigo


Por: Victor Rodriguez Cedeño - vitoco98@hotmail.com - Algunos gobernantes, identificados con prácticas totalitarias, sean de derecha o de izquierda, poco importa, menosprecian las consecuencias que ineluctablemente se producen tras largos períodos de dominación y abusos. El ataque sistemático y generalizado en contra de una parte de la población civil que se opone a las políticas y planes de esos regímenes no deja de interesar a los gobiernos y democratas del mundo, aunque, en algún momento, el silencio pudiere aparentar cierta complicidad. La comunidad internacional en su conjunto, la sociedad civil organizada incluida, sigue de cerca esos procesos hasta que se agotan y dan paso a la libertad, como en Libia tras la dictadura de mas de cuatro decadas de Gadafi. Esos dirigentes no quieren entender que la sociedad internacional de hoy tiene rasgos de solidaridad mayores, de intereses comunes que nos hacen transitar hacia una sociedad cuyas relaciones se basan en una verdadera comunidad de intereses, evidentemente distinta a la de hace apenas pocas decadas. El respeto pleno de los derechos humanos y de las libertades fundamentales y la responsabilidad compartida de todos es uno de los aspectos mas importantes de esa nueva sociedad ineternacional, en la que el concepto de soberanía tiene ahora serias limitaciones, para impedir abusos que van en perjuicio del individuo y del medio ambiente. Los dictadores y aquellos con vocación para ello deben entender que ciertos actos constituyen crímenes y que por ello seran juzgados por los tribunales, incluso los internacionales que tarde o temprano, si no funciona la justica nacional, procederán a procesar y a castigar a los responsables de tales crimenes. En algunas situaciones los tribunales no existian y daban paso a los tribunales internacionales, como es el caso de la antigua Yugoslavia. En otras situaciones, los tribunales existen pero no funcionan adecuadamente por cuanto estan sometidos a los dictámenes del ejecutivo, presuntamente autor de tales crímenes, por lo que no hay posibilidad de procesar y castigar a los responsables de esos actos, como seria, entre otros, el caso de Sudan cuyo Presidente es solicitado por la Corte Penal Internacional. Los actos en los que incurren algunos regimenes para dominar y perpetuarse en el poder pueden constituir crimenes de lesa humanidad, segun la definicion generalmente aceptada por la doctrina internacional: “Categoria de crimenes internacionales que implica conductas punibles realizadas de manera general y sistematica, dirigidas o instigadas por un gobierno, una organizacion o un grupo, en tiempo de paz o de guerra” (Diccionario de Derecho Internacional, El Nacional, Caracas, 2011). En el Estatuto de Roma se precisa que se esta ante un crimen de esta naturaleza cuando uno de los actos a que se refiere el articulo 7 “ se comete como parte de un ataque generalizado o sistematico contra una poblacion civil y con conocimieno de dicho ataque”. Eso actos (Art.7.1.a) a k) son, entre otros, el asesinato, encarcelación u otra privacion grave de la libertad fisica en violacion de normas fundamentales de derecho internacional, tortura, persecucion de un grupo o colectividad con identidad propia fundada en motivos politicos y otros actos inhumanos de caracter similar que causen intencionalmente grandes sufrimientos o atenten gravemente contra la integridad fisica o la salud mental o fisica, como las confiscaciones decretadas como medida de castigo a quienes se oponen a dicho regimen. Es muy importante que quienes realizan tales actos y causan muerte y sufrimiento fisico y moral a parte de una poblacion civil conozcan los elementos de este crimen, los supuestos que permiten su identificación. Se trata de “ataques” , un termino que no supone necesariamente bombardeos, armas, tanques. La "persecucion" constituye un ataque, cuando se realiza para causar sufrimiento. No es necesario, ademas, que el "ataque" se produzca en conflictos armados, en medio de guerras. El caracter “general y sistemático” exigido se evidencia por las politicas del régimen de que se trate, traducida en declaraciones y otros actos, lo que a su vez muestra la intención de causar danos a esa poblacion civil. En todo caso, los responsables por estos y otros actos, autores, cómplices, instigadores serán procesados por los tribunales penales, sean nacionales o internacionales. Hay consenso en cuanto a que los crímenes de trascendencia internacional, como el de lesa humanidad, no deben quedar sin castigo. Hay la voluntad universal de poner fin a la impunidad de los autores de esos crímenes y de contribuir a la prevención de nuevos crímenes, tal como se afirma en el Preámbulo del Estatuto de Roma. Los dirigentes con vocacion totalitaria deben saber que con estos ataques a la poblacion civil en todas sus formas, seran procesados y castigados. La reconciliacion nacional es necesaria para reestablecer el orden en los paises fracturados por politicas criminales de mesias y aventureros, pero ello no puede excluir la mas sana aplicacion de la justicia y la necesidad de erradicar la impunidad, hoy sin cabida en un mundo cada vez mas organizado en el cual prevalecen los intereses de la humanidad.

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