sábado, 5 de enero de 2013

5 escenarios

 




Por: José Vicente Haro - josevicenteharo.blogspot.com - El abogado constitucionalista José Vicente Haro explicó que este sábado, la Asamblea Nacional sólo debe decidir sobre la conformación de su nueva junta directiva, por lo tanto no se debería esperar ningún pronunciamiento con respecto a la toma de posesión del presidente Hugo Chávez el próximo 10 de enero. 


Una vez convocada la sesión del 10 de enero para la juramentación del mandatario nacional, tal como lo establece la Constitución, Haro plantea cinco escenarios posibles:

1. La AN debe solicitar al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) la conformación de una junta médica. En esa solicitud, el Parlamento señala el numero de médicos que la debe conformar, las especialidades y fijar un plazo específico y perentorio para el informe.


2. Convocar de una vez las elecciones en los próximos 30 dias, tomando en cuenta las palabras del propio pdte Hugo Chávez antes de irse.


3. Declarada la falta temporal, prorrogar la toma de posesión por 90 días, prorrogable 90 días más, máximo.


4.- Que el propio presidente Chávez, a través de una carta a la AN, renuncie al cargo, tomando en cuenta también sus palabras.


5. Que sea juramentado por el TSJ. Esto sólo es posible si la AN no lograra instalarse, o haya conflicto evidente entre el poder legislativo y el mandatario electo.


En todos los casos, le corresponde al presidente de la Asamblea Nacional asumir la conducción del país. El abogado aclaró que el Parlamento no puede designar a otra persona para que desempeñe el cargo de Presidente de la República de manera temporal. Está fuera de sus atribuciones, así se cuente con mayoría del partido de gobierno en el ente legislador.


Tampoco puede la Asamblea Nacional trasladarse a otro territorio a juramentar al jefe de Estado, ni siquiera a la embajada de nuestro país en ninguna nación. De acuerdo con la Convención de Viena, las embajadas en cualquier parte del mundo, son territorio del país de origen exclusivamente para dar inmunidad e inviolabilidad a los documentos que ahí se encuentren.


De acuerdo con la Constitución, el Presidente se puede juramentar en cualquier parte de Venezuela, por lo tanto si se viene con los cuidados correspondientes, puede juramentarse en el Hospital Militar, en el Palacio de Miraflores o en cualquier lugar que considere, siempre que sea en Venezuela.

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