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martes, 17 de enero de 2017

ATENCION: Tips de Seguridad

Italo Alliegro: A continuación les comparto tips de seguridad diarias. Téngalas presente: 


*1.* No deje que los delincuentes lo sorprendan en ningún momento del día, por lo que debe estar atento SIEMPRE a su entorno.

*2.* Todo lo que vea y le parezca raro ¡ES RARO! por lo tanto desconfíe y aléjese.

*3.* Eche gasolina en estaciones de servicio donde haya muchos carros.

*4.* Nunca, nunca espere a alguien dentro del carro estacionado.

*5.* Antes de entrar al estacionamiento de su casa, de 2 vueltas a la cuadra si tiene dudas.

*6.* Si tiene moto de alta cilindrada no se pare a nada. 

*7." Si entra a un local, cafetín, restaurante, etc. no de la espalda a la entrada, Cuente las personas, ubique los sospechosos y visualice dónde pondrá el celular si lo atracan.

*8.* Los carros con vidrios muy oscuros pueden servir para que los choros lo secuestren en su propio carro. Los choros no hacen secuestro express para ruletear a la víctima en un carro sin papel ahumado.

*9.* El 80% de los malandros usan gorras.

*10.* Motorizado rodando por acera es choro y si van dos, más todavía, sospeche de TODOS los motorizados, mas vale prevenir.

*11.* Si no tiene práctica y no es bueno usando armas ¡NO LAS USE! Y si sabe usarlas y  tienes varias en casa, guárdelas en puestos diferentes y listas para usar.

*12.* Use una clave o palabra secreta con sus hijos por si alguien tiene que buscarlos al colegio o a cualquier otra parte en su nombre

*13.* Entrene a sus hijos y a su familia para que no den información por telèfono a desconocidos, nunca deben decir "mis padres no están en casa" sino "ellos están ocupados ahora y no pueden atenderle....deje el mensaje y yo les digo".

*14.*En la calle, si ve un tipo raro, cambie de sentido y si se siente en peligro,  corra.

*15.* No de información personal mas que la necesaria  cuando vaya a un curso o  en una garita de vigilancia, pregunte para qué quieren sus datos, quién los pide? etc.

*16.* Si ve el semáforo en rojo desde lejos, baja la marcha para que cuando llegue a él esté en verde.

*17.* De noche nunca se detenga ¡NUNCA!

*18.*Los malandros no son fantasmas, salen de algún lado, por lo tanto, atento cuando vaya a montarse en el carro o a entrar o salir del  estacionamiento, eche un vistazo antes.

*19.* Si hay un carro de vidrios oscuros frente a su casa ¡NO ENTRE!

*20.* Tenga cuidado con los escoltas, gente de vigilancia, etc., por lo general son los que te delatan.

*21.*Son sospechosos tipos parados en la esquina con la moto prendida y hablando por telèfono.

*22.* No permita que un extraño se le acerque. 

*23.* NUNCA, hable por teléfono encima de la moto o con la puerta del carro abierta (así esté en un estacionamiento).

*24.*No busque problemas en la calle.

*25.* Si viene un carro cambiando luces déjelo pasar.

*26.* El celular en la calle en modo vibrador. Usarlo lo menos posible.

*27.*Practiquen con la  familia qué se debe hacer y decir, unánimemente, en caso de que entren a nuestra casa y los sorprendan adentro, decidir quién va a hablar

*28.*EN LAS FOTOS EN LAS REDES ¡NO PONGA A LOS NIÑOS!

jueves, 29 de septiembre de 2016

ATENCIÓN: Fiebre Mayaro Venezolana










Dra. Belinda Calvo Morales
Editora
http://www1.paho.org

Es una zoonosis causada por un arbovirus, virus Mayaro, del géneroAlphavirus, familia Togaviridae, endémico en bosques húmedos tropicales de América del Sur. Transmitido por mosquitos Haemagogus.

Dicho virus ha sido aislado en humanos, vertebrados silvestres y mosquitos en Bolivia, Brasil, Colombia, Guyana, Perú, Surinam. En Venezuela los primeros casos en humanos fueron reportados en el año 2000. No obstante, en el presente año y hasta inicios del mes de Junio se han registrado 77 casos, sin defunciones, de un nuevo brote, en una comunidad rural del Estado Portuguesa.

Los factores que influyen en su incidencia y que pueden determinar un aumento de casos son: alteración de los ecosistemas y deforestación, además, del desplazamiento de poblaciones e intromisión de seres humanos y animales domésticos en habitats de artrópodos.

La enfermedad es similar al Dengue por lo que se hace necesario su diagnóstico diferencial con esta patología, cuya epidemia se ha duplicado con relación al año 2009. La Fiebre Mayaro Venezolana se caracteriza por inicio rápido de fiebre, cefalea, dolor retroocular, mareos, mialgias y artralgias generalizadas. Puede haber artritis. Las artralgias pueden persistir semanas o meses. Rash maculopapular es también común. Algunos pacientes pueden presentar al inicio náuseas, vómitos y diarrea. Su curso es autolimitado con una duración de 3 a 5 días.

El diagnóstico es realizado por serología y aislamiento viral.

Las recomendaciones generales se basan en: vigilancia e investigación de brotes para definir las medidas de prevención y control, actualización del personal de salud, dotación de material a los laboratorios para diagnóstico y, difundir información y recomendaciones para alertar al personal de riesgo.

lunes, 22 de febrero de 2016

Sugerencias de actuación en caso de presentarse disparos en lugares públicos:














Por: Jacobo Vidarte Donaire -  

1.- Al llegar a cualquier lugar concurrido es importante que Ud identifique todo el lugar, familiarícese con las salidas, extintores, etc.

2.- Manténgase alejado de todo el personal que realiza custodia de valores, recuerde que ellos se mantienen en alto riesgo de ser atacados por elementos delictivos.

3.- En caso de escuchar detonaciones es importante que busque "cobertura", evite correr, procure las siguientes acciones:

- No se mantenga de pie, ni sentado, tírese al suelo PERO aléjese del paso de personas para evitar ser golpeado por el paso de estas.

- Mantenga su grupo unido.

- Evite gritar.

- Trate de identificar la zona donde provienen las detonaciones para evitar pasar por ese sector.

- Evite desplazamientos mientras se escuchen las detonaciones.

- Cuando se desplace buscando salir del lugar, manténgase totalmente alerta a su entorno, no utilice ascensores y evite bajar escalones de dos en dos, esté atento a sustancias en el suelo (refrescos, comida, etc) que puedan causarle un resbalón.

- Reporte solo lo que Ud escuchó y vio al personal de seguridad, 911 o equivalente.

- Trate de comunicarse con sus familiares, si no logra comunicación vía telefónica, envíe texto indicando la hora de envío e informe que se encuentra bien, recuerde que por redes sociales se maneja mucha información falsa y/o exagerada y sus familiares o seres queridos estarán preocupados.

- Si está en su vehículo tenga siempre presente que las autoridades estarán ingresando por todas las vías posibles, MANTÉNGASE ALERTA EN LA CONDUCCIÓN.

- Evite especular en las redes sociales, recuerde que es bueno informar pero debemos ser muy certeros con la información, la cual se "contamina" al colocarle calificativos, opiniones, etc. 

Aclaro que las opiniones no es que sean dañinas pero debemos diferenciarlas en nuestras informaciones, al menos inicialmente cuando se emiten detalles preliminares.

- Toda su familia debería conversar sobre que hacer en caso de diversos escenarios.

miércoles, 16 de diciembre de 2015

Síntomas del Zika













El Zika es una enfermedad benigna con características clínicas de leves a moderadas, que se transmite a través de la picadura del mosquito Aedes aegypti.

Algunos de los síntomas que puede presentar un paciente con el virus Zika, son: fiebre, erupción en el cuerpo, edema de miembros inferiores, cefalea, diarrea, vómito, artralgia (dolor articular), mialgia (dolor muscular), así como conjuntivitis no purulenta, reseña Noticiaaldía.

El Servicio de Epidemiología del Hospital Universitario de Maracaibo (HUM), dictó una charla sobre el virus Zika, dirigido al personal médico que trabaja en las tres emergencias de este centro asistencial.
El Zika es una enfermedad benigna con características clínicas de leves a moderadas, que se transmite a través de la picadura del mosquito Aedes aegypti y presenta síntomas muy parecidos a los del dengue y la fiebre chikungunya, que suelen durar de cuatro a siete días, informó el doctor Lev Núñez, Jefe del Servicio de Epidemiología del HUM.

El taller sobre el virus Zika estuvo dirigido al personal médico de las emergencias del SAHUM
El Servicio de Epidemiología del Hospital Universitario de Maracaibo (HUM), dictó una charla sobre el virus. Núñez explicó que la charla iba orientada al personal médico de las emergencias de las divisiones de adulto, pediatría y maternidad del hospital, en relación a los aspectos clínicos y epidemiológicos del virus Zika.

“Es muy importante que los médicos tengan los conocimientos necesarios sobre esta enfermedad, para cuando un paciente manifieste los síntomas establecidos por la Organización Mundial de Salud (OMS) y la Organización Panamericana de Salud (OPS), puedan notificar al Sistema de Vigilancia Epidemiológica y se realice un efectivo convate contra este virus”, manifestó.

Según el doctor Núñez, se recomienda a la población reforzar la lucha contra el mosquito, evitando la formación de criaderos de mosquitos en los hogares. Además, en aquellos casos en que una persona manifieste los síntomas del virus Zika, debe acudir inmediatamente al médico para recibir atención y se le pueda orientar con respecto a esta enfermedad.

Tomado de: http://elperiodicovenezolano.com

martes, 10 de marzo de 2015

¿Se entiende esto o no se entiende?

Publicado el 10 marzo, 2015 por Angel Monagas

El portal BBC Mundo explica muy bien el fundamento de lo decidido por el Gobierno de Estados Unidos. ¿Habrá invasión militar? ¿Cual es el alcance de las medidas? A continuación la nota para que usted haga el Juicio:

El decreto firmado este lunes por el presidente de Estados Unidos, Barack Obama, anunciando sanciones contra siete altos funcionarios de organismos de seguridad de Venezuela fue redactado en un lenguaje inusual que dejó abiertas muchas preguntas.

Según un comunicado difundido este lunes por la Casa Blaca, se declaró la “emergencia nacional” por la situación política venezolana y se indica que el país sudamericano amenaza la seguridad nacional estadounidense.

La explicación de la Casa Blanca de que se trata de un procedimiento “legal normal” ya usado con países como Irán, Siria o Birmania, entre otros, lleva a muchos a preguntarse qué paralelos puede existir entre la situación venezolana y la de gobiernos que Washington considera hostiles y hasta peligrosos para la paz mundial.

Los conceptos fueron rechazados por Caracas, que llamó a consultas al encargado de negocios en la capital estadounidense, mientras que el presidente de la Asamblea Nacional, Diosdado Cabello, aseguró que representan la antesala de un ataque militar al país.

Nota Nuestra 1: El Portal Prodavinci hace este aporte sobre el aspecto legal de esta medida:

Una categoría legal. La declaración de emergencia nacional por “inusual y extraordinaria amenaza” es una categoría legal contenida en el título 50/capítulo 35 dedicada a Poderes Económicos de Emergencia Internacional. Luego de que un país es declarado amenaza a la Seguridad Nacional, se activan las atribuciones legales al presidente de Estados Unidos que se estipulan en la sección 1702.

La sección 1701 dice, textualmente: “cualquier autoridad otorgada al presidente por la sección 1702 de este título puede ser ejercida para enfrentar cualquier amenaza inusual y extraordinaria, que tiene su fuente totalmente o una parte sustancial, fuera de Estados Unidos, para la seguridad nacional, la política exterior, o economía de Estados Unidos, si el presidente declara emergencia con respecto a tal amenaza”.

La declaración de una “emergencia nacional” permite a Estados Unidos aplicar sanciones contra un personas o un país, con base en determinadas circunstancias, más allá de lo aprobado por el Congreso. En especial la Ley de Emergencia Internacional de Poderes Económicos y la Ley de Emergencia permite al Presidente establecer restricciones y prohibiciones comerciales, financieras e incluso, en caso que se considere que un país ha atacado a Estados Unidos o es hostil, se puede llegar a la confiscación de los activos que se encuentren en jurisdicción estadounidense.

¿Qué significa exactamente la decisión de Obama de este lunes y qué impacto tiene sobre las relaciones entre Estados Unidos y Venezuela?

BBC Mundo responde a las principales preguntas surgidas tras el anuncio.

¿Por qué estado de emergencia?
Cuando el presidente firma una orden ejecutiva en la que declara que hay un estado de emergencia, obtiene ciertos poderes excepcionales que le permiten por ejemplo imponer sanciones o congelar ciertos bienes, explica el corresponsal de BBC Mundo en Washington, Thomas Sparrow.

El gobierno asegura que tiene entre 20 y 30 programas de sanciones que están basados en declaraciones de emergencia similares y que son presentadas con un lenguaje similar a la de Venezuela.

En años recientes, Estados Unidos ha declarado estados de emergencia en países como Ucrania, Sudán del Sur, República Centroafricana, Yemen, Libia o Somalia, países con los que Washington ha tenido o tiene malas relaciones.

Nicolás Maduro, presidente de Venezuela
El presidente venezolano respondió en cadena nacional de radio y televisión diciendo que el gobierno de EE.UU. quiere derrocarlo.

Si bien no hay previstas sanciones contra el estado venezolano, expertos consultados por BBC Mundo hablaron de que la declaración abre el camino para una posible política de sanciones, destinado no a individuos vinculados al gobierno, sino ya sí contra el estado.

¿Qué significa ser una amenaza a la seguridad nacional?

El presidente Obama argumenta que la seguridad nacional o la política exterior del país se ven amenazadas de manera “inusual y extraordinaria”.

“Este gobierno ha identificado como una prioridad el hecho de estar comprometido con el apoyo a los derechos humanos y los procesos democráticos”, le dijo a BBC Mundo un alto funcionario del gobierno que pidió no revelar su nombre para poder explicar los detalles del programa de sanciones.

“Estados Unidos piensa que socavar esto genera una amenaza a la seguridad nacional”.

Más concretamente, una fuente del Departamento del Tesoro explicó a BBC Mundo que los sancionados son considerados una “amenaza” a la salud del sistema financiero estadounidense, y en esa misma medida se convierten en un problema para la seguridad nacional, como declara el comunicado de la Casa Blanca.

En particular, Estados Unidos considera que se protege de Venezuela al impedir que los funcionarios sancionados puedan ingresar al país o realicen ciertas transacciones.

Esta orden ejecutiva “ayudará a proteger el sistema financiero de Estados Unidos de los flujos financieros ilícitos de la corrupción pública en Venezuela”, dijo otro miembro del gobierno en Washington.

Maria Corina Machado
Una de las personas sancionadas es la fiscal que ha acusado a varios miembros importantes de la oposición, como María Corina Machado. Sin embargo, los funcionarios del gobierno consultados por BBC Mundo, no llegaron a explicar de qué manera esos señalamientos impactan la seguridad nacional estadounidense, más allá del argumento de “proteger el sistema financiero nacional”.

¿Qué argumentos tiene Washington?
Las sanciones de este lunes se refieren específicamente a la ley que el presidente Obama firmó el 18 de diciembre del año pasado, que se llama “Ley para la defensa de los derechos humanos y la sociedad civil de Venezuela de 2014″.

Precisamente, los siete funcionarios sancionados están vinculados a los aparatos de seguridad del Estado a los que Washington responsabiliza de lo que considera los excesos cometidos en la represión de las manifestaciones de febrero de 2014 que dejaron al menos 43 muertos y cientos de heridos entre opositores y simpatizantes del gobierno, y de la supuesta intimidación a la oposición venezolana.

En el programa de sanciones venezolano, los aspectos que generan esa amenaza son los siguientes:

Erosión de las garantías de derechos humanos
Persecución de opositores políticos
Restricciones a la libertad de prensa
Violencia y abusos a los derechos humanos para responder a protestas antigubernamentales
Arrestos arbitrarios y detención de manifestantes antigubernamentales
Corrupción pública significativa
Anteriores sanciones a funcionarios venezolanos, específicamente las prohibiciones de visas, son un proceso separado del Departamento de Estado.

¿Qué consecuencias tiene la declaración?
La declaración le permite al departamento del Tesoro identificar a las personas u organizaciones que estén involucradas en las actividades que generan esa “amenaza” a la seguridad nacional.

De ahí que sea probable que, además de los siete funcionarios sancionados este lunes, el gobierno explore nuevas sanciones en el futuro.

Washington hace énfasis en que no se trata de un programa de sanciones contra el gobierno venezolano ni contra la sociedad venezolana, sino contra funcionarios específicos.

Las sanciones congelan los bienes de los afectados en Estados Unidos, prohíben que hagan negocios con ciudadanos de Estados Unidos o viajen a territorio estadounidense.

Además, un aspecto inusual de esta declaración es que, a diferencia de anteriores sanciones contra Venezuela, los funcionarios afectados fueron identificados, según le explica a BBC Mundo Harold Trinkunas, director del programa de América Latina del centro de estudios Brookings.

¿Qué impacto tiene en la relación bilateral?
La imposición de nuevas sanciones ya está ahondando las diferencias que existen entre los dos países.

Diosdado Cabello
“Lo que viene ya está planificado y debemos decirlo, son ataques sobre nuestra tierra, sobre nuestro país, ataques militares”, dijo Diosdado Cabello. El anuncio de las nuevas restricciones llega poco después de que el gobierno venezolano le ordenara a Estados Unidos que redujera su personal diplomático en Caracas.

Según le dice a BBC Mundo David Smilde, del Washington Office on Latin America (WOLA, un centro de investigación en Washington), las sanciones también contribuirán a la teoría del gobierno venezolano de que Estados Unidos está tratando de sabotearlo.

Pero Estados Unidos también ve estas sanciones en clave regional, pues el secretario de prensa de la Casa Blanca, Josh Earnest, lamentó que en momentos en que su país está acercándose a “todos los países de las Américas, Venezuela haya decidido ir en dirección opuesta”.

¿Cómo afecta al intercambio comercial, particularmente el petrolero?
Washington asegura que las sanciones son contra funcionarios específicos y no contra una industria o sector de Venezuela.

No hay impactos adicionales ni sanciones adicionales contra ninguna industria, individuo o entidad que no esté específicamente nombrada en la orden ejecutiva.

Funcionario del gobierno de Estados Unidos
En 2013 Venezuela destinó el 51% de sus exportaciones al mercado EE.UU., particularmente en petróleo (alrededor de 800.000 barriles por día en febrero pasado, un aumento del 8% respecto al mes de enero, según datos de la agencia Reuters).

“No hay impactos adicionales ni sanciones adicionales contra ninguna industria, individuo o entidad que no esté específicamente nombrada en la orden ejecutiva”, dijo un miembro del gobierno en Washington.

La orden ejecutiva firmada por Obama no se refiere al sector petrolero y se enfoca en las prohibiciones contra los funcionarios venezolanos sancionados, que trabajan o trabajaron principalmente en el sector de la seguridad.

La reacción en Venezuela
Las sanciones se convirtieron en el tema más importante del día en Venezuela, explica el corresponsal de BBC Mundo en Caracas, Daniel Pardo.

Los opositores especulan si esto puede tener un efecto para que haya un cambio de gobierno.

Mientras tanto, algunos oficialistas –entre ellos el presidente de la Asamblea Nacional, Diosdado Cabello– se preguntan si es la antesala de una invasión de EEUU a Venezuela.

Nota nuestra 2: El Presidente de la Asamblea Nacional hace uso de las más descarada manipulación y tergiversación. Vea lo que ayer dijo:


“Pero la pregunta de todos es si, por mucho que sean sanciones dirigidas a funcionarios concretos, esto va a afectar a la gente, que ya se enfrenta a varios problemas por la crisis económica”, dice Pardo.

Unos analistas dicen que en un mediano plazo las sanciones del mayor socio comercial de Venezuela van a afectar la economía del país latinoamericano, al reducir importaciones y poner en riesgo negocios, particularmente los petroleros.

Pero otros creen que dan al gobierno un enemigo externo al que achacarle responsabilidad en los problemas del país. Algo que el presidente Nicolás Maduro puede usar para fortalecerse y unificar al oficialismo en la campaña para las elecciones parlamentarias que deberán realizarse a finales de este año.

Nuestro Juicio: Aunque a muchos no les guste, estas sanciones si la Oposición y la sociedad civil no reacciona ante la manipulación del Gobierno y de sus actores puede fortalecer aun más al Gobierno del Presidente Maduro. Ellos hablaran de “invasión”, de que el Gobierno de Estados “lanzará bombas” al pueblo venezolano y si no hay una respuesta contundente e inteligente pudiera ser peor el remedio que la enfermedad. Nadie quiere una “invasión” militar a Venezuela pero no me pidan que me haga solidario con un Gobierno y con un partido que ha utilizado el poder para acabar con la libertad y la paz de una nación. Hoy en la Asamblea Nacional observaremos el más dantesco de los espectáculos con los reiterados calificativos de “apatridas” “vendepatria” “lacayos del imperio” entre otros. No podemos permitir que el gobierno utilice esta declaración para evadir la grave crisis venezolana. Haga usted el suyo.

martes, 16 de septiembre de 2014

¿Qué es la fiebre chikungunya?

La fiebre de Chikungunya por Ana Carvajal


Tomado de: http://www.lapatilla.com/site/2014/09/15/que-es-la-fiebre-de-chikungunya/
La fiebre  de Chikungunya es una enfermedad viral causada por el virus de Chikungunya (VCHIK).  La palabra “Chikungunya” se deriva de la lengua Makonde, hablada por un grupo étnico en el sureste de Tanzania y el norte de Mozambique, es la raíz del verbo “kungunyala”, que significa ” secarse o volverse retorcido”, “ contorsión o plegado”.
La infección se describió por primera vez en Tanzania, África del Este, en los años 1952 -1953. Tras ese brote se han descrito epidemias en diferentes  áreas geográficas; especialmente en África, Asia y otras partes del mundo. Desde el año 2005 los casos se han incrementado y se le considera una enfermedad re-emergente.
El virus de Chikungunya resurgió en la India después de 32 años. Se desconoce las causas de  la resurgencia, expertos estiman que el cambio climático pudiera jugar un papel importante, así como la globalización y el incremento de los viajes internacionales.
Los expertos se  habían planteado la posibilidad de  introducción de  fiebre Chikungunya en las Américas debido a la presencia del vector Aegypti y A. albopictus, esto se hizo realidad cuando el 6 de diciembre de 2013 se describieron varios brotes autóctonos  en las islas St Martín  y Dominica, la enfermedad  ya se ha extendido a otras islas de El Caribe, donde se han presentado casos confirmados, probables y sospechosos.

Transmisión y extensión
El brote coincidió con la  época de Navidad donde los viajes son frecuentes. La infección se transmite  fundamentalmente por la picadura del mosquito Aedes aegypti y A. albopictus, transmisores del dengue, también se transmite  de la madre al niño, por  trasplante de órganos y accidentes en laboratorio en trabajadores de la salud.
Las embarazadas  transmiten la enfermedad al bebé, especialmente cuando  adquieren enfermedad en la culminación del embarazo, la infección en los recién nacidos generalmente es severa.
Se estima que la enfermedad se extenderá a los países de la región, principalmente por los viajeros infectados. Chikungunya tiene una tasa de ataque hasta de un 50% o más en las poblaciones vírgenes.
En la isla francesa La Reunión la epidemia durante los años 2005-2006, afectó un tercio de la población, afectando 266.000 personas  con 284 fallecidos.
El impacto económico  de VCHIK puede ser muy importante, por la carga de la enfermedad en las instituciones sanitarias, las ausencias laborales y la discapacidad que puede causar en los pacientes.
El agente etiológico es el virus de Chikungunya, Alphavirus  de la familia Togaviridae, se han descrito tres genotipos, una mutación del virus en el año 2005 permitió  una transmisión más eficiente por el A. albopictus en el continente Asiático.
En la etapa aguda el PCR en tiempo real es el método más recomendado, las pruebas serológicas se recomiendan después de una semana del inicio de los síntomas.

Síntomas
Las manifestaciones clínicas de la enfermedad son muy parecidas a las del dengue:  fiebre alta de inicio abrupto, artralgias, dolor de espalda, cefalea y rash. Se asocia fatiga intensa, anorexia, mialgias, náuseas y vómitos. Manifestaciones oculares como conjuntivitis, entre otras, y dermatológicas suelen ser frecuentes.
A diferencia del dengue, las manifestaciones hemorrágicas son moderadas y menos frecuentes. Chikungunya se acompaña de artralgias intensas incapacitantes y/o artritis, las cuales pueden durar semanas, meses o años. La mayoría de los pacientes se recuperan  dos  a tres semanas después del inicio de los síntomas.
La enfermedad es muy proteiforme,  las manifestaciones atípicas  en adultos incluyen: erupción maculo papular, meningo encefalitis, diarrea, vómitos, falla renal, falla respiratoria, miocarditis, hepatitis. La enfermedad es más severa en  recién nacidos, personas con enfermedad subyacente y  mayores de  la tercera edad. La letalidad  es baja.
La patogenia no está muy bien dilucidada, investigaciones recientes dan cuenta de una fuerte respuesta inflamatoria con expresión de marcadores biológicos que explican las manifestaciones agudas y crónicas como las artralgias y/o artritis persistente.
No existe tratamiento específico, tampoco vacuna para la prevención de la enfermedad. La Organización Panamericana de la Salud (OPS) recomienda que se activen los sistemas de vigilancia y las actividades de control de  vectores, así como la sensibilización de los profesionales de salud, información a la comunidad y medidas de protección personal.

Factores para el control
La fiebre Chikungunya es una enfermedad desconocida para muchos profesionales de salud de las Américas, ya está en  el  Continente Americano, se desconoce el impacto que tendrá en nuestros países. La activación de los sistemas de vigilancia en la detección temprana de los casos, medidas de control de vectores, saneamiento ambiental, fortalecimiento de la capacidad diagnóstica y fuerte respuesta de las instituciones sanitarias, así como la sensibilización de los profesionales de la salud y  la comunidad  son factores clave para el control de la enfermedad.
Dra. Ana Carvajal

jueves, 22 de mayo de 2014

Gabriela Montero


TOMADO DE SU FACEBOOK

¡CENSURA!

Parece ser que el hablar en contra de la dictadura Venezolana, en contra de el catastrófico fracaso económico y social de nuestro país, y en contra de aquellos que lo apoyan - abiertamente, tácitamente o implícitamente - viene con un predecible costo y castigo.

Mi participación en una ya confirmada gira con una orquesta Europa por Argentina, Chile, Uruguay y Brazil, ha sido repentinamente cancelada. Algunos de los promotores pidieron a "otra solista" y ha sido imposible recibir una explicación del porque. La orquesta no tiene nada que ver con este asunto.

La censura existe y se me esta aplicando!

Quiero ser clara, una vez mas. Nunca le daré prioridad a mi beneficio personal por encima del beneficio de los Venezolanos. Para mi, la música sin conciencia es, como dijo Shakespeare "llena de sonido y furia, significando nada!"

Continuare hablando en contra de aquellos que son cómplices de uno de los regímenes mas corruptos, incompetentes y socialmente destructivos que existen hoy en dia. Esta no es una batalla de opinión o de ideologías políticas abstractas. Es mi manera de confrontar la realidad, basada en evidencia, de la crisis humanitaria que existe en nuestro país, resultado irrefutable de la política fracasada del Chavismo. Los artistas no tenemos justificación moral de hacer negocio con una cleptocracia disfrazada de gobierno.

Y a aquellos promotores que tienen el coraje de no doblegarse ante presiones externas, y que reconocen que el escenario siempre ha sido un lugar para que los artistas creemos metáforas de protesta, les prometo continuar construyendo " puentes de empatía" entre el publico internacional y mis compatriotas, quienes necesitan ser escuchados en estos tiempos siniestros, censurados y opresivos.

viernes, 16 de mayo de 2014

18 razones que hacen nula e inaplicable la Resolución 058

Por: Mery López de Cordero
Directora de la Escuela de Educación, de la Facultad de Humanidades y Educación de la Universidad de Los Andes
Tomado de: 
http://prodavinci.com/blogs/18-razones-que-hacen-nula-e-inaplicable-la-resolucion-058-por-mery-lopez-de-cordero/

 I.
Razones de Inconstitucionalidad

1. La Resolución 058 incurre en ‘burla a la voluntad popular y en fraude a la Constitución Nacional’ (Brewer Carías) al incluir en el literal “g” de los considerandos la Estrategia de “punto y círculo”, como una vía  para “sentar las bases de unas nuevas relaciones de producción orientadas al desarrollo pleno del ser humano y su incorporación al trabajo productivo, cooperativo y liberador”. Esta estrategia,  según Pérez, S. (2011), fue presentada por el Presidente  de la  República  Bolivariana de Venezuela, Hugo  Chávez, el 19 de Junio de 2010, como un modelo  económico  de transición al socialismo.
En  relación con la escuela, esta estrategia se inscribe en la prédica: la escuela   como   centro   del   quehacer comunitario y la comunidad como centro del quehacer educativo.  (Artículo 5, numeral 5 de la Resolución 058)
La finalidad esencial de la Estrategia de Punto y Círculo, es la consolidación del proceso de intercambio de saberes en función de generar y rescatar los conocimientos y valores que permitan avanzar en la construcción del Socialismo del Siglo XXI, finalidades que conculcan el Estado Democrático constitucional.  La lectura detenida de la Constitución Nacional permite comprobar que no prevé la conformación de una sociedad socialista, y nuestro modelo de Estado está previsto específicamente en su artículo 2º que reza: “Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y, en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.”

2. La Resolución 058 incurre en ‘burla a la voluntad popular y en fraude a la Constitución Nacional’ (Brewer Carías) al incluir en el literal “l” la participación de los Consejos Comunales para “la construcción del nuevo modelo de sociedad socialista…” por cuanto los consejos comunales no forman parte de la estructura de distribución del Poder Público Nacional, Estadal o Municipal, y el modelo de sociedad socialista fue rechazado rotundamente por la sociedad venezolana, en el referendo consultivo realizado en el 2007. Como señala Brewer Carías el modelo de Estado Democrático, consagrado en la Constitución Nacional, “se intentó cambiar mediante una Reforma Constitucional sancionada por la Asamblea Nacional en noviembre de 2007, con el objeto de establecer un Estado Socialista, Centralizado, Militarista y Policial, denominado Estado del Poder Popular o Estado Comunal, la cual sin embargo, una vez sometida a consulta popular, fue rechazada por el pueblo el 
2 de diciembre de 2007.”

3. La Resolución 058 al incluir en el literal “l” la participación de los Consejos Comunales para “la construcción del nuevo modelo de sociedad socialista…”, además de lo señalado en el numeral anterior conculca los derechos universales y constitucionales de Participación y de Pluralismo Político y el principio de No Discriminación. Como afirma Allan Brewer Carías, los Consejos Comunales en tanto que parte del sistema de estado comunal violan flagrantemente el Estado Constitucional montándose sobre una concepción única que es el Socialismo, “de manera que quien no sea socialista está automáticamente discriminado. No es posible, por tanto, en el marco de las leyes sobre el poder popular y las comunas poder conciliar el pluralismo que garantiza la Constitución y el principio de la no discriminación por razones de opinión política”, lo cual abre la vía para la discriminación política de todo aquel ciudadano que no sea socialista, a quien se le niega, por tanto, el derecho a la participación política.

 II.
Razones de Ilegalidad  

4. La Resolución 058 conculca lo establecido en el artículo 20 de la Ley Orgánica de Educación (2009) al incumplir con el mandato legal de reconocer a la comunidad educativa como corresponsable de la educación y al no utilizar la nomenclatura específica consagrada en el mencionado artículo 20 de dicha ley que, en su numeral 2, ordena dictar una normativa legal que regule “la organización y funcionamiento de la comunidad educativa”.

5.  La Resolución 058 incurre en ilegalidad al incumplir con el mandato establecido en el capítulo IX “De la comunidad Educativa”, artículos 170 al 181, del Reglamento de la Ley Orgánica de Educación, aún vigente,  que establece, específicamente en el artículo 172, que  la Comunidad Educativa está conformada por los siguientes órganos: El Consejo Consultivo, Los Docentes, La Sociedad de Padres y Representantes y la Organización Estudiantil.

6. La Resolución 058 conculca el derecho a la participación en la formación de la leyes porque, aunque la misma señala en el apartado de los Propósitos que la concreción de los Consejos Educativos se fundamentó en las discusiones y acuerdos realizados en mesas de trabajo realizadas en todo el país, es conocido por todos, de las declaraciones pronunciadas a los medios de comunicación social por la Ministra Mariann Hanson en cuya gestión se aprobó dicho instrumento normativo, que la consulta se hizo a una muestra de cinco mil (5.000) docentes, el uno por ciento (1%) aproximadamente de una población de mas de quinientos mil (500.000), y a ningún Padre, Madre, Representante o Responsable, de un universo de más de cuatro millones (4.000.000) de familias que tienen estudiantes o representados en el Subsistema de Educación Básica.

III.
Razones de Inaplicabilidad

7. Aunque el artículo 3 de la Resolución 058 define el Consejo Educativo como una instancia ejecutiva, en tanto está conformada por todos los colectivos sociales vinculados con el centro escolar (entendidos como comités), cuyo número asciende a  10 comités, conformados por 3 miembros como mínimo cada uno, (30 miembros por lo menos con posibilidad de ampliación del número, hasta el punto de que en la actualidad se han conformado Consejos Educativos con 70 miembros), se considera que su aplicabilidad y el cumplimiento de las funciones y tareas (esencialmente pragmáticas) es, cuando menos, engorrosa y complicada, sino imposible. El número de miembros que deberán formar cada Consejo Educativo hacen inoperante su funcionamiento. La experiencia educativa en materia de comunidades educativas ha demostrado que, en materia de convocatoria a las Asambleas de Padres y Representantes de cualquier plantel educativo, público o privado, la concurrencia en el mejor de los casos llega al 40% en lo públicos y al 60% en los privados. Igualmente, la disposición a participar en las diversas comisiones, comités o cargos de juntas directivas es sumamente ínfimo, aspecto este que conspira contra los objetivos previstos en la Resolución 058 en estudio. Eso sin tomar en cuenta que la Resolución 058 no señala con claridad los mecanismos de elección ni las formas de funcionamiento de sus miembros, como sí lo contemplaba la Resolución 751 sobre la Organización y Funcionamiento de la Comunidad Educativa derogada.

8. La Resolución 058 no establece claramente las diferencias entre las definiciones y las funciones de Consejo Educativo y de la Asamblea Escolar, hay confusiones en su delimitación lo que ocasiona que no se distinga el Consejo Educativo de la Comunidad Educativa, en tanto no diferencia la totalidad de los miembros que hacen vida en el Centro Escolar, de los miembros que han sido elegidos para que los representen y que constituyen el Consejo Educativo. Lo señalado se fundamenta en el análisis de la redacción de la Convocatoria a las Asambleas que reza: “Para realizar la convocatoria a las Asambleas será por escrito a todas las ciudadanas y todos los ciudadanos que conforman el Consejo Educativo, con por lo menos setenta y dos (72) horas de antelación, incluyendo la Agenda a tratar, acciones comunicacionales y de compromiso que promuevan la participación protagónica.”  En todo caso, convocar a una Asamblea General solo a los miembros que conforman el Consejo Educativo, es inconstitucional e ilegal, por cuanto se conculca el derecho a la participación de la mayoría de los miembros de la Comunidad Educativa y porque la deliberación y la toma de decisiones son funciones esenciales de la Asamblea, es decir, de la totalidad de miembros de la escuela.

9.   Si bien es  cierto que la Comunidad Educativa es corresponsable  junto con la familia y el Estado del proceso educativo,  los objetivos establecidos en esta Resolución exceden las posibilidades reales de participación de los voceros de los distintos comités, en tanto se le atribuyen tareas principistas que responden a lineamientos propios de las políticas educativas cuyo responsable directo es el Ejecutivo Nacional.

10. El artículo 7 de la Resolución 058 adolece de una correcta redacción, no se aplicaron los procedimientos apropiados de una técnica jurídica para la redacción de la norma, que le permita, a cualquier ciudadano que pretenda aproximarse a su entendimiento, la búsqueda directa, expedita y clara de lo que le interesa, por cuanto que un solo artículo, el 7 en cuestión, abarca 15 cuartillas aproximadamente. Cada aspecto es desagregado mediante subtítulos, y no mediante artículos, parágrafos, o incluso numerales u ordinales, como corresponde a la redacción de cualquier norma. El artículo  7 De la Conformación y Organización del Consejo Educativo, abarca la totalidad  de su título, es decir, en un solo artículo se establecen: los Órganos Constitutivos del Consejo Educativo; las funciones del Consejo Educativo;  cada uno de los comité (10 en total) y sus respectivas funciones; el Consejo Estudiantil y sus funciones; la Asamblea Escolar; Constitución de la Asamblea Escolar; Decisiones de la Asamblea Escolar; Funciones de la Asamblea Escolar; Convocatoria a la Asamblea de Ciudadanas y Ciudadanos; Tipos de Asamblea.
Por otro lado, no está establecido quien coordina, si habrá Presidente, Tesorero, Secretario, Vocales. En este sentido,  lo único prescripto es la Disposición Transitoria UNO, que establece la discrecionalidad de cada comité para organizarse según los requerimientos y necesidades, con las consecuencias negativas que ello seguramente puede acarrear.

11. Aunque en el encabezamiento del artículo 7 de la Resolución 058 se señala que los estudiantes formarán parte del Consejo Educativo como un Comité, este mismo artículo en su tercer apartado, establece que los estudiantes se organizarán como un Consejo Estudiantil. En relación con tal asunto es necesario establecer algunas precisiones:
a) Si un Consejo supone la congregación de diversas personas que representan y  defienden distintas posiciones y funciones, como un órgano colegiado, habría que preguntarse por qué la organización estudiantil es designada como un Consejo, máximo cuando el apartado que define su conformación señala que: “…está conformado por las vocerías de las y los estudiantes en todas las instituciones educativas en los niveles y modalidades del subsistema de educación básica.” Siendo que en su conformación intervienen solo estudiantes debería existir como un Comité integrante del Consejo Educativo.
b) En otro orden de ideas, la Resolución 058 en la redacción de este apartado no reconoce los roles y funciones de los miembros que conforman el Consejo Educativo al otorgarle a la organización estudiantil igual jerarquía en la toma de decisiones (“El poder popular estudiantil actúa de forma participativa, protagónica y corresponsable junto con el Consejo Educativo…”)
c) Los numerales 6 y 7 de las funciones del Consejo Estudiantil se refiere a estos como “Comité”, es decir que la redacción de la norma en estos apartados es contradictoria.
d) Tal como ocurre con el Consejo Educativo, el  Consejo Estudiantil en la Resolución 058 adolece de orientaciones específicas para su organización y funcionamiento.

IV.
Razones de Exclusión
 
12. Es una omisión incomprensible en la Resolución 058 la ausencia de vocerías de los padres, madres, representantes y responsables en el comité Académico. Dada la importancia de un comité académico, que el legislador no haya considerado la participación de los padres, siendo estos los responsables directos de la educación de sus hijos y representados es preocupante y alarmante por cuanto que conculca el derecho preferente que tienen los padres sobre la educación de sus hijos.

13. Al igual que con el Comité Académico, el legislador excluyó al comité de Padres, Madres, Representantes y Responsables del comité  de Comunicación e Información. Omisión igualmente incomprensible de la Resolución 058, máximo cuando en la actualidad  el uso de los diversos sistemas de comunicación se ha masificado a tal punto que los niños y adolescentes incluso forman parte de las estadísticas de usuarios y consumidores y, además, la oportunidad de mayor acceso  a  ellos ocurre fuera de los espacios de la escuela, específicamente en el hogar.

V.
Razones de irrespeto al profesionalismo del personal docente en funciones administrativas (Director, Supervisor, Coordinador)

14. Asignar funciones propias de profesionales de la docencia en ejercicio de dirección y supervisión, a personas que no reúnan las condiciones de formación específicas, desprofesionaliza el trabajo educativo y conculca lo establecido en el artículo 104 de la CRBV que señala: “La educación estará a cargo de personas de reconocida moralidad y de comprobada idoneidad académica… El ingreso, promoción y permanencia en el sistema educativo, serán establecidos por ley y responderá a criterios de evaluación de méritos, sin injerencia partidista o de otra naturaleza no académica.”
Como ejemplo, se indica el numeral 4 de las funciones del Comité de Contraloría Social que estipula como una de “sus” funciones: “4. Garantizar el estricto cumplimiento del Calendario Escolar, los procesos pedagógicos y académicos, las líneas orientadoras que viabilizan el curriculum, los horarios de las trabajadoras y los trabajadores, los horarios académicos, la cuadratura, la sinceración de nómina, la matrícula, la inscripción y las estadísticas de las instituciones educativas.” Lo  señalado es trabajo, son funciones, de los directores y de los supervisores escolares como funcionarios acreditados por título y nombramiento para ello.

15. En relación con el personal docente en funciones directivas: se desprofesionaliza la gestión escolar, en tanto que  sus atribuciones se diluyen, distribuidas entre  distintos “voceros (as)” que, probablemente, no tienen las competencias imprescindibles para llevar a cabo la gestión de la escuela.

16. En cuanto al sistema de evaluación institucional, curricular y de la eficiencia docente,  estará a cargo de personas y organizaciones sin competencia profesional ni académica para realizarla.

17. En relación con la infraestructura necesaria: se desplazan competencias propias del Ministerio de Educación, y de otros Ministerios (Salud, Alimentación, Defensa y Seguridad, Hábitat, etc.),  a los Comités, sin  la previsión de los recursos necesarios para su operativización y en detrimento del fundamento esencial de la tarea educativa.

18. Se desnaturaliza la función eminentemente educativa de la escuela al atribuírsele funciones socioproductivas, funciones de seguridad, funciones de alimentación, funciones de infraestructura y hábitat escolar, entre otras, desligadas de un proyecto de formación integral de los estudiantes;
En conclusión, las tareas que se le endilgan a la escuela, a través de esta Resolución 058, en los términos de Carvajal (2012), la convierten en una escuela “todera”, en desmedro de su función esencial que ha de orientarse a la formación integral y de calidad de los  niños, niñas y adolescentes, y de la finalidad de la educación establecida en el artículo 102  CRBV: el desarrollo del potencial creativo de cada ser humano y el pleno ejercicio de su personalidad mediante una educación fundamentada en el respeto a todas las corrientes del pensamiento y a los valores y principios que encarna la democracia.
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jueves, 3 de abril de 2014

Bombas lacrimógenas y como protegerse


Por: Prof. Mónica Kräuter del Dpto de Procesos y Sistemas de la Universidad Simón Bolívar, Caracas, Venezuela.
Abril 2014.-


Las bombas lacrimógenas que se han estado empleando en todo el país en este 2014 de manera inadecuada y desproporcionada para reprimir las manifestaciones son:

1.- Mayoritariamente del tipo Gas CS, que es un polvillo ácido blanquecino muy fino, muy poco soluble en agua, cuyo compuesto base es el clorobenzilideno malononitrilo. Si bien en principio no es letal, si se está expuesto sin protección alguna puede ser peligroso para la salud y más aún si se encuentra en ambientes cerrados y/o con poca ventilación y/o posee una condición física pre-existente.

2.- La mayoría de ellas están vencidas. Es muy importante señalar que en las especificaciones impresas en los cartuchos de las bombas lacrimógenas empleadas puede leerse claramente un llamado de atención que dice que su contenido puede ser muy peligroso si se utiliza luego de la fecha de caducidad. La literatura al respecto señala que el gas CS con el tiempo tiende a concentrar más el malononitrilo y éste a su vez podría degradarse a cianuro de hidrógeno y cianuro que son tóxicos, y por encima de concentraciones tolerables letales. También puede descomponerse en ácido clorhídrico, óxidos nitrosos, monóxido de carbono, cloruro y fosgeno entre otros, todos ellos con peligrosidades asociadas.


3.- Son de diversa procedencia pero en su mayoría son producidas en Brasil (marca Condor) y en Venezuela por CAVIM, ojo estas últimas en sus especificaciones no reportan ni la fecha de elaboración ni la de caducidad.


4.- Algunos cartuchos no tienen identificación e información alguna por lo que es imposible a simple vista conocer la composición química del gas contenido en ellos y por ende sus efectos a la salud.


5.- Algunos otros no se usaron pero fueron dejados en la calle irresponsablemente representando un riesgo enorme para la población civil que los recoge y no sabe cómo manejar este tipo de material tóxico y peligroso.


6.- Las bombas lacrimógenas de color rojo o verde por lo general son también del tipo CS pero se les ha añadido un colorante para marcar a los manifestantes.

Si al estar expuestos sólo sienten irritación en las mucosas (ojos, nariz, garganta), ganas de toser y náuseas es que su efecto pasará en el corto plazo (máx 30 min), sin embargo, si se presentan vómito, pérdida de la conciencia, ahogo, convulsiones, movimientos involuntarios y/o taquicardia DEBEN SER ATENDIDOS DE URGENCIA POR PERSONAL MÉDICO pues sus efectos ya no sólo se han manifestado en el sistema respiratorio sino también en el sistema circulatorio y nervioso.

Las bombas lacrimógenas son armas químicas que en principio no deberían ser letales, (tampoco lo son los perdigones pero han muerto personas por su uso inadecuado y desproporcionado). Sin embargo, existen tres factores que pueden hacerlas potencialmente letales:

1.- Condiciones pre-existentes de las personas expuestas: asmáticas, alérgicas, con obstrucciones en las vías respiratorias, enfermedades cardiovasculares y oculares, hipertensas, con lentes de contacto, niños, mayores de 60 años y mujeres embarazadas son extremadamente vulnerables a las bombas lacrimógenas por lo tanto NO DEBEN EXPONERSE.
 

2.- Factores Ambientales: Espacios cerrados y/o con poca ventilación.
 

3.-Concentración: Si se está expuesto por tiempo prolongado y/o en repetidas oportunidades.

Es muy importante que los cuerpos de seguridad sepan que las bombas lacrimógenas están diseñadas únicamente para el control de manifestaciones no-violentas y que de NINGUNA MANERA DEBEN USARSE EN ZONAS RESIDENCIALES Y MUCHO MENOS PROYECTARLAS DENTRO DE VIVIENDAS, COLEGIOS Y SITIOS DE TRABAJO.

¿CÓMO PROTEGERSE?

1.- Lo primero es no provocar a los cuerpos de seguridad para que inicien el ataque.

2.- Si lamentablemente se inicia el ataque con bombas lacrimógenas intente observar de dónde provienen para esquivarlas pues si una de ellas le cae en la cabeza podría matarlo.


3.- Contrólese y no caiga en pánico pues le será imposible pensar y tomar decisiones acertadas, convirtiéndolo en una amenaza para los demás. Adicionalmente, cuando se está en ese estado hiperventilará y por ende respirará más haciéndolo más vulnerable a sus efectos.


4.- Como se trata de un polvillo ácido no soluble en agua, ésta sólo lo arrastrará, para neutralizarlo química y efectivamente, lo mejor es utilizar paños limpios en la cara humedecidos con una base como el bicarbonato de sodio o los antiácidos comunes como el Maalox o el Almax, todos ellos diluidos en agua potable. No usar vinagre por ser también un ácido (acético), y pasta de dientes o vick vaporub que atrapan el polvillo cerca de las vías respiratorias haciéndolo más disponible a su inhalación. El uso de mascarillas que filtran el particulado sólido es efectivo sí y sólo sí la membrana logra atrapar partículas con tamaños menores a los 60 micrones. Si presenta mucha irritación ocular lo ideal es usar lágrimas artificiales y/o colirios con antibióticos y esteroides como el Tobradex, Vigadexa o Trazidex. Si no los encuentra o son muy costosos, lave los ojos con abundante agua para que ella arrastre el polvillo o también puede diluir una cucharadita de ácido bórico en un litro de agua potable y enjuagarlos. Evite rascarlos y tocarlos. Si presenta alguna irritación leve en la piel utilice Caladryl o equivalentes.


5.- Si se está en una manifestación identifique con frecuencia la dirección del viento y cuando ocurra el ataque de bombas lacrimógenas intente si es posible correr en dirección contraria para ventilarse de aire fresco. No se tire al piso, primero porque Ud. necesita tener movilidad, y segundo porque el polvillo caerá y lo tendrá entonces más cerca de la cara. Al llegar a casa es muy importante tomar una ducha con abundante agua para arrastrar el polvillo de arriba hacia abajo que haya podido quedar adherido al cuerpo. También hay que lavar con abundante agua y jabón la ropa expuesta. Debe saber que este polvillo puede estar activo por hasta 5 días.


6.- Nunca recoga las bombas sin unos guantes bien gruesos pues mientras emiten el polvillo son calientes llegando a temperaturas superiores a los 100 grados centígrados. No las devuelva a quien las proyectó, intente colocarlas donde su radio de acción afecte lo menos posible. También puede ahogarlas en un recipiente con una solución saturada de bicarbonato de sodio o agua. Ellas igual emitirán todo su contenido mientras la presión interna sea superior a la presión atmosférica.


7.- Si se está en un lugar cerrado como casa, aula de clase, negocio u oficina, durante el ataque mantenga cerradas todas las puertas y ventanas y permanezca junto a todos los ocupantes del lugar (incluyendo mascotas) en el baño, o cerca de él, con la ducha y lavamanos abiertos dejando fluir agua tibia preferiblemente para que el vapor atrape el polvillo y logre precipitarlo, luego del ataque ventile al máximo el lugar, lávese bien la cara y la piel, y limpie muy bien el sitio expuesto con paños húmedos enjuagándolos con frecuencia.


8.- Si conoce a algunos estudiantes o personas que frecuentan sitios donde es muy probable que vayan a ser reprimidos con bombas lacrimógenas, díganles que deben usar una mascarilla específica para este tipo de polvillo ácido poco soluble en agua, háganles llegar esta información y que les quede claro que estar expuestos a ellas muchas veces y/o por tiempo prolongado puede ser muy peligroso a su salud con efectos sobre los sistemas respiratorio, circulatorio y nervioso irreparables.


Finalmente, es necesario resaltar que cada individuo puede presentar diferentes síntomas frente a las bombas lacrimógenas, si ellos se intensifican y/o persisten debe consultar a un médico.

Tomado de:
http://fceusb.org/movimiento-estudiantil/02/04/bombas-lacrimogenas-y-como-protegerse/