Por: CN. Eddy Darìo Barrios Orozco - Delimitación de aguas marinas y submarinas con Colombia - Un reciente runrún de Nelson Bocaranda nos alerta sobre una posible negociación, según él subrepticia, del gobierno de Venezuela con Colombia, en la que, según tales rumores - no confirmados - se entregaría el Golfo de Venezuela, bajo la modalidad de explotación compartida, a Colombia. Tal negociación haría triunfar la vieja estrategia general de ese país, que desde 1948-51 con su intento de hacer valer una supuesta Línea Media Boggs, y en 1975-77 con la Tesis Del Condominio de López Michelsen ha venido esgrimiendo consistentemente, tercamente diría yo, para imponer sus pretensiones de conquistar derechos sobre aguas marinas y submarinas en nuestro golfo vital e histórico. Me resisto a creer tales rumores pues el presidente se nos presenta como patriota y no dudo de que lo sea, y tendría que él mismo declarar tal voluntad por los medios de comunicación, para considerarlos; y aún así, mi conmoción sería tal que pensaría que estoy en medio de una pesadilla. No obstante, como venezolano común no experto, deseo aportar algunas ideas ex-antes de tal posibilidad. Me anima la angustia y el deseo de prevenir las inconmensurables consecuencias y perjuicios que según quienes sí son expertos y me han dado clases, acarrearía tal decisión. Primero debo resumir por qué estamos donde estamos y de dónde nace que Colombia siquiera pretenda adelantar tal estrategia, en lo que sería un nuevo acto inamistoso, que para nada contribuye a la hermandad que nos profesamos. Debemos comenzar resumiendo lo atinente a los límites terrestres. Siendo que el Virreinato de Santa Fe, o Nueva Granada y la Capitanía General de Venezuela, junto con Ecuador, nos unimos en 1.819 a raíz del célebre Congreso de Angostura, para formar la Colombeia de Miranda o “Gran Colombia”. Justo es reconocer cuáles eran los territorios que poseíamos los tres, cada uno por su lado, antes de ese forzado “matrimonio” celebrado en 1.819, el cual deberíamos haber recuperado intacto a su “divorcio” en 1.830; separados, se dice, por influencia de “La Cosiata” valenciana del Gral. En Jefe José Antonio Páez y por las conspiraciones y malas lenguas del Gral. Francisco de Paula Santander, por parte de Colombia. Es decir, la ruptura de un matrimonio que se firmó con capitulaciones, donde ambos cónyuges declararon su patrimonio antes de casarse, para evitar confusiones a futuro. El de Venezuela, era el territorio con el que fuera creada por Real Cédula del 27 de marzo de 1.528, como Provincia (Gobernación y Capitanía General) de Venezuela, con limites inequívocos en la costa, desde “EL CABO DE LA VELA”, hasta Maracapana; esto es, cerca del río Manzanares en Cumaná. Por supuesto, el límite oriental de Colombia partía de Cabo de la Vela hacia el oeste y el de Venezuela, al este de Cabo de la Vela, que era dueña de TODA LA PENINSULA DE LA GUAJIRA. Quien quisiera verificar lo antes referido, puede leerlo en la Historia de Venezuela, del Dr. Guillermo Morón, tomo III, Libro Quinto, Capítulo Cuarto, pag.217. O en - como fuera mi caso que lo conservo - el libro “EL GOLFO DE VENEZUELA, ES DE VENEZUELA”, del ilustre y fallecido abogado constitucionalista, internacionalista, embajador, e historiador, y venezolano de excepción, que fuera en vida el Dr. Jorge Olavarría, quien en 05 conferencias televisadas nos orientó a venezolanos y colombianos sobre el tema, y escribió ese libro de 190 páginas, que he tratado de resumir en 10, y que recomiendo ya que lo usé como uno de mis apoyos esenciales para presente escrito. Agradezco al VA. Elías Daniels Hernández su enjundiosa y oportuna corrección, la cual evitó que cometiera error al apreciar al laudo Suizo y otros puntos de su dominio. Como nos señala el Dr. Jorge Olavarría, “Nadie debe esgrimir en su defensa sus propios errores”; pero, fueron tantos la suma de ellos, que merece la pena hacer resumen de alguno de estos, por lo menos hasta el momento de la fijación de esos límites terrestres, los cuales de manera repudiable se encuentran ahora en CASTILLETES y no como debería ser en Cabo de la Vela. Cuando nos separamos de Colombia, no se respetaron las capitulaciones de solteros, y allí comenzó un largo vía crucis para Venezuela, que tuvo que pasar por un Laudo Arbitral de la Reina Regente Española, María Cristina, en 1.891 y otro Suizo en 1.922; laudo español cuyo castellano antiguo, escrito, se alega habría sido de difícil comprensión para la comisión mixta venezolano-colombiana que fuera designada por ambos países para materializar en el terreno los hitos que delimitarían esa frontera terrestre según ese laudo. Dicho laudo daría pie a muchas negociaciones infructuosas, siendo la primera la Pombo – Michelena en 1.833, recién divorciados. Por su importancia debemos mencionar este proyecto de tratado Pombo – Michelena de 1.833, en el cual la posición venezolana era “El Cabo de la Vela”, mientras que la de Colombia era “Punta Espada”. Este primer diseño de tratado creaba una “línea de Compromiso” (desde la teta de la Guajira al Cabo Chichivacoa en la costa oriental de la guajira) que partía la península en dos supuestas mitades “a lo salomón”, algo así como 50% para cada país.
1. Teta de la Guajira
2. Cabo de la Vela
3. Chichivacoa
4. Punta Espada
http://porquereravenezuela.org/guajiraS3.html
El congreso colombiano, ni corto ni perezoso, aceptó esta solución y el venezolano se negó a firmarlo; pues, nuestros representantes del pueblo venezolano, de esas prístinas, horas se negaban a perder lo que entonces se consideraba (y consideraremos siempre) todo nuestro. Vale destacar que con tal aspiración, Colombia respetaba y aceptaba que la totalidad de las costas del Golfo de Venezuela eran venezolanas. El problema - como veremos más adelante – es de la verdad procesal, y no de la verdad verdadera. Durante años, entre 1.891 del Laudo Español hasta el Laudo Suizo en 1.922, hubo siete negociaciones formales, frustradas todas, para tratar de llegar a un acuerdo. Unda - Suarez en 1894, Silva - Holguín en 1896, López - Díaz en 1905, Urbaneja - Restrepo en 1907, Rivas – Vázquez en 1909, Sanabria- Torres en 1910 y éstos mismos en 1913, y Lossada – Díaz en 1918. En 1.922, Venezuela y Colombia acuden al otro árbitro, El Consejo Federal Suizo, a quien le someten la decisión sobre la siguiente pregunta: ¿La Ejecución del laudo puede hacerse parcialmente, como lo sostiene Colombia, o tiene que hacerse íntegramente, como lo sostiene Venezuela, para que puedan ocuparse los territorios reconocidos a cada una de las dos naciones y que no estaban ocupados por ellas antes del laudo de 1.891? La sentencia del árbitro - de acuerdo con los especializados estudios de la misma hechos por mi citado Dr. Olavarría - mostró “parcialización hacia los alegatos colombianos” e “ignorancia o desestimación de las razones que tenía Venezuela”. El texto de la sentencia suiza es el siguiente: ”Se responde a la cuestión propuesta en el artículo 1° del compromiso firmado en Bogotá el 03 de noviembre de 1916, que <, puede hacerse parcialmente>>, como lo reclama Colombia. De acuerdo con las conferencias recibidas durante el Curso de Comando y Estado Mayor (aéreo y Conjunto) y de Altos Estudios de Seguridad y Defensa y de Relaciones Internacionales, por parte de notables historiadores y tratadistas del tema, los comisionados por la parte venezolana, integrantes de la comisión mixta designada, no habrían ido oportuna y puntualmente a cumplir su funciones al campo, y entonces, los comisionados colombianos, estando solos, habrían interpretado como pudieron… o quisieron, frases como “El mogote de Los Frailes… el más inmediato a Juyachí... y… de allí en derechura….a orillas de la mar”, etc., y tomaron a “Los Monjes” por los tales Frailes, como punto de referencia y caprichosamente seleccionaron a Castilletes. De allí, el interés colombiano de ir aceptando los hitos parcialmente, a medida que los instalaban, y la reserva de los venezolanos de esperar su revisión para aceptarlos integralmente, una vez revisados y reconocidos como buenos sus posicionamientos en el terreno. Por cierto, Los Monjes eran y siguen siendo nuestros, sin solución de continuidad desde la época colonial como en la república, y Colombia, en noviembre de 1.952, de manera expresa declara que no objeta tal soberanía, y no se opone, ni tiene reclamación alguna sobre los mismos. Lo cito por cuanto fueron usados como referencia en el terreno para interpretar el laudo in situ. El caso es que los comisionados colombianos tomaron a castilletes en la costa, como límite entre ambos países. Por supuesto, esto nos quitó casi toda la península, la cual quedó en manos colombianas. El caso es que - a diferencia del congreso de 1.833 - el de 1.939, durante el gobierno del Gral. En Jefe Eleazar López Contreras, aceptó Castilletes. Luego, en 1.941, durante el gobierno del Gral. Isaías Medina Angarita, se acepta y el congreso lo refrenda, además se firma un “Tratado De Demarcación De Fronteras Y Navegación De Los Ríos Comunes” en el que de manera innecesaria como extra petita, sin que los colombianos lo pidieran o negociaran, y sin justa contraprestación, se les concedió la navegación libre por las aguas de los ríos comunes, etc. Total, esto pone fin a la parte de la fijación de los límites terrestres, y como he dicho “a llorar al valle”. Como oportunamente me recuerdan, algo similar sucedió con las islas fluviales en el Meta, cuando los Comisionados debían salir desde Cabruta. Debo por tanto y a sugerencia de mis amigos correctores incluir referencia tangencial al problema de la RECLAMACION ESEQUIBA, a la cual hemos arribado en circunstancias parecidas a las que nos obligaron las circunstancias de nuestra lamentable situación interna en la década 1896-1906. Este será tema al cual me dedicaré en otro escrito. A partir de allí y analizando hasta 1.941, no podemos, ni debemos juzgar las decisiones de ayer, de parte de Eleazar López Contreras - ocupado en mantener la calma y la cordura, y teniendo él la reciente muerte del General Gómez fresca - o de Isaías Medina Angarita – soportando similares crisis internas y externas – como en décadas más cercanas el caso del mismo Dr. Rafael Caldera – cuando éste firmó el Protocolo de Puerto España - cada uno en el caso y situación que les compete. Debemos en cambio analizar a cada uno según las circunstancias apremiantes de su tiempo, y con los elementos y pensamientos disponibles en su época. Similar consideración sería oportuna hacerla en el tiempo presente, y deslastrarnos del fanatismo y el odio o del resentimiento político, para analizar los hechos presentes y criticar proactiva y sensatamente. Este escrito pretende hacerse bajo esa racionalidad y perspectiva; pero con firmeza, sustentada en hechos históricos, de los cuales deberíamos aprender. Juzgue cada uno que tenga la bondad de leerme. Me queda pendiente por hablar sobre muchos aspectos como los de la Bahía de Cocinetas y su Costa Seca, lo del establecimiento del hito que está allí en su playa, y que amañadamente “tuerce” la dirección general que los límites establecidos por los hitos que colocados desde la teta de la guajira hasta castilletes trae, y cuya prolongación general apunta a PUNTA MACOLLA en la Península de Paraguaná, en el Estado Falcón, que es nuestra posición oficial en cuanto a cómo debería comenzar a delimitarse las aguas marinas y submarinas del Golfo De Venezuela que nos ocupa. Esto no da a pie, y en cambio se opone, a la manipulación que intentara Colombia con el señor Boggs en 1.951, y a cualquier nueva pretensión que nos amenace. Un abogado venezolano, el Dr. Aquiles Monagas, introdujo por ante la antigua CSJ una petición para la impugnación de estos límites en castilletes; pero, ello no progresó. Creo que el “Pacta Sunt Servanda” y el mismo andamiaje de las RR.II., no permitirían ir atrás en esto; so pena de meternos en un contencioso internacional de marca mayor, y a riesgos quizás de tener que recurrir incluso al uso del poder militar. Si tuviéramos que hacerlo, que sea, pero en defensa de agresiones no provocadas por Venezuela a nuestra soberanía y patrimonio territorial, una vez agotadas las soluciones pacíficas del artículo 33° de la carta de la ONU. Una vez que Colombia posee tierras en la parte oriental de la península de la Guajira, partiendo desde Castillete y hacia el norte hacia Punta Espada, donde inclusive estableció un puerto militar llamado “Puerto López”, y con la evolución del Derecho del Mar, la cual establece que “Toda tierra genera mar”, comienza el ciclo de delimitación de las aguas marinas y submarinas, en el que estamos; pues, Colombia aspira a aguas marinas y submarinas en sus adyacencias. El punto no es que no tenga, pienso yo, sino la cantidad y calidad de la zona que ilegalmente aspiran tener. Todos los métodos internacionales son claros y deben aplicarse con apego al derecho. Venezuela se siente herida y mantiene un sentimiento de incomodidad cada vez que Colombia intenta - mediante actos inamistosos – violar nuestras aguas. Venezuela nunca ha entrado en la jurisdicción de aguas colombianas, por ejemplo en Rio Hacha, Barranquilla, Cartagena, Santa Marta, ni el mismo Puerto López, etc., sin cumplir con los tratados y leyes. Colombia ha venido intentando todas estas décadas, sin éxito siempre, teorías tales como la equidistancia, e intentando ejercer soberanía sobre aguas e islas que no le pertenecen, ni les han pertenecido nunca. La tesis de la LÍNEA MEDIA BOGGS ha sustentado su inclusión en estas aguas de donde fueron sus naves rechazadas mediante acción decidida y contundente mediante aplicación del poder naval y militar de Venezuela, ordenado por parte del dictador General Marcos Pérez Jiménez en 1.952, y por el demócrata Jaime Lusinchi en 1.986, ambos por igual; cuando los colombianos, en cada una de tales oportunidades han intentado posicionar buques en aguas venezolanas, como el malhadado caso de la corbeta CALDAS, colocada más abajo del paralelo 12°, cuando fueron también hechos retroceder de sus intenciones. Debo recordar que durante el gobierno del presidente Luis Herrera, se intentó una negociación llamada Proyecto de Acuerdo de Caraballeda. Ésta fue una negociación abierta, con participación de muchos venezolanos enjundiosos como insignes, como fueran: Lara Peña, Pedro Nikken, etc. Estos enjundiosos notables evaluaron valiosas estrategias, opuestas en algunos casos, tales como la de la Costa Seca de Lara Peña, la de Bahía Vital e Histórica de Nikken, y todas ellas se estudiaron, junto con la opinión de militares de todo rango (me cupo de el honor de que el CA, Carlos Luengo Romero me diera la oportunidad de estudiar el tema y de opinar como oficial subalterno(TN) al respecto) y Venezuela en pleno, su presidente y su pueblo, junto a sus FFAANN se pusieron en un solo pie, en contra de “compartir” el golfo, y este intento de tratado no se firmó. Gracias a Dios. El caso es que atendiendo Colombia a su estrategia tradicional y consistente, en este caso, usando la Tesis Del Condominio, que de manera “inocente” incluyó el presidente López Michelsen en una charla a sus cadetes, dejó en el aire una tesis de explotación en condominio por parte de una empresa mixta venezolano-colombiana, que entra en el golfo a explorar y explotar los recursos que Dios y su providencia divina, puso en nuestro territorio terrestre y marítimo, en el Golfo de Venezuela , el cual precisamente nos da el nombre a nuestro país, pues allí nacimos como Venezuela, o “pequeña Venecia”. Detalles en escrito posterior. Creo haber mostrado suficientemente la inconveniencia de considerar el condominio como solución. No me extenderé sobre los particulares de la empresa mixta, pues ya el escrito está algo largo y no puedo volcar aquí todo el libro que he consultado, pero me atrevo a decir que los presidentes y lo que ellos hablan o dejan de decir son parte sumamente importante en los destinos de una nación… su nación. Recordemos el caso de la felicitación que Gómez dio en un discurso anual a los comisionados de la comisión mixta por su buen trabajo, aún cuando éstos no habían ido ni un día al campo. El árbitro suizo tomó en cuenta su discurso. “Si el presidente venezolano felicita, yo sentencio a favor de Colombia”… habría dicho el árbitro. Todo cuanto el presidente habla, y más ahora con los medios audiovisuales mundiales, tiene carácter vinculante.
A las opiniones, y accionar de gobiernos extranjeros, de sus FFAA y de sus funcionarios – por inocentes que parezcan - hay que salirle al paso de inmediato y emitir las notas de protesta o de aclaratoria a que hubiera lugar. Aquí sí vale lo de “quien calla otorga”. De allí que Venezuela haya emitido las mismas cada vez que Colombia ha intentado ejercer soberanía indebida e ilegalmente en nuestras aguas. Yo – por mi parte - no callo: ¡No al Condominio!
¡EL GOLFO DE VENEZUELA ES DE VENEZUELA…!
NOTA DE REMISIÓN:
Amigo Sammy y demàs colegas militares y compatriotas todos que somos; anexo por favor lean un trabajo de mi autorìa, publicado hace ya un buen tiempo. Se refiere al Diferendo de Delimitaciòn de Areas Marinas y Submarinas; con lo cual corrijo de antemano el titulo con el cual erròneamente saliò publicado el cual decìa "aguas". Es un resumen de lo estudiado en nuestros Cursos de Comando y Estado Mayor y Conjunto, como de Seguridad y Defensa; asì como mis lecturas autodidactas sobre el perticular, en especial la relectura del trabajo del fallecido Dr. Jorge Olavarrìa, EL GOLFO DE VENEZUELA ES DE VENEZUELA, obra de unas 150 pàginas magistrales que tratè de resumir en unas 10, unidas a mis opiniones al respecto de la nefasta tesis de Lòpez Michelsen, del "condominio" o explotaciòn compartida y posesiòn que se deriva, contraproducentemente, de la misma, del golfo nuestro y ùnicamente nuestro, sin lugar a dudas. Por fortuna, honor y suerte, nos tocò vivir el tiempo de esos ilustres venezolanos, enjundiosos y reconocidos paladines de la investigaciòn academica y pràctica del tema y quienes fueron nuestros profesores y/o conferencistas invitados, en ocasiòn de ser alumnos de los cursos que nos tocò hacer dentro del Sistema educativo Militar, subconjunto del Sistema Educativo Nacional, tales como - entre otros que nuestra memoria olvida de momento -. Lara Peña, Pablo Ojer, Pedro Nikken, Elsa Cardozo Da Silva, Carlos Gueròn, y otros, de quienes me excuso por no nombrar. Lo cargo o subo al foro militaresprofesionales por su importancia, pertinencia e inminencia acerca de la necesidad de mantener posiciones claras, categòricas, irrenunciables, y de genuina defensa permenente de nuestra Soberanìa e Integridad territorial.
Eddy Barrios Orozco
58-(0242) 361 40 64 Habitaciòn (Home).
58-(0414) 148 37 08
58-(0416) 605 04 64
1. Teta de la Guajira
2. Cabo de la Vela
3. Chichivacoa
4. Punta Espada
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El congreso colombiano, ni corto ni perezoso, aceptó esta solución y el venezolano se negó a firmarlo; pues, nuestros representantes del pueblo venezolano, de esas prístinas, horas se negaban a perder lo que entonces se consideraba (y consideraremos siempre) todo nuestro. Vale destacar que con tal aspiración, Colombia respetaba y aceptaba que la totalidad de las costas del Golfo de Venezuela eran venezolanas. El problema - como veremos más adelante – es de la verdad procesal, y no de la verdad verdadera. Durante años, entre 1.891 del Laudo Español hasta el Laudo Suizo en 1.922, hubo siete negociaciones formales, frustradas todas, para tratar de llegar a un acuerdo. Unda - Suarez en 1894, Silva - Holguín en 1896, López - Díaz en 1905, Urbaneja - Restrepo en 1907, Rivas – Vázquez en 1909, Sanabria- Torres en 1910 y éstos mismos en 1913, y Lossada – Díaz en 1918. En 1.922, Venezuela y Colombia acuden al otro árbitro, El Consejo Federal Suizo, a quien le someten la decisión sobre la siguiente pregunta: ¿La Ejecución del laudo puede hacerse parcialmente, como lo sostiene Colombia, o tiene que hacerse íntegramente, como lo sostiene Venezuela, para que puedan ocuparse los territorios reconocidos a cada una de las dos naciones y que no estaban ocupados por ellas antes del laudo de 1.891? La sentencia del árbitro - de acuerdo con los especializados estudios de la misma hechos por mi citado Dr. Olavarría - mostró “parcialización hacia los alegatos colombianos” e “ignorancia o desestimación de las razones que tenía Venezuela”. El texto de la sentencia suiza es el siguiente: ”Se responde a la cuestión propuesta en el artículo 1° del compromiso firmado en Bogotá el 03 de noviembre de 1916, que <, puede hacerse parcialmente>>, como lo reclama Colombia. De acuerdo con las conferencias recibidas durante el Curso de Comando y Estado Mayor (aéreo y Conjunto) y de Altos Estudios de Seguridad y Defensa y de Relaciones Internacionales, por parte de notables historiadores y tratadistas del tema, los comisionados por la parte venezolana, integrantes de la comisión mixta designada, no habrían ido oportuna y puntualmente a cumplir su funciones al campo, y entonces, los comisionados colombianos, estando solos, habrían interpretado como pudieron… o quisieron, frases como “El mogote de Los Frailes… el más inmediato a Juyachí... y… de allí en derechura….a orillas de la mar”, etc., y tomaron a “Los Monjes” por los tales Frailes, como punto de referencia y caprichosamente seleccionaron a Castilletes. De allí, el interés colombiano de ir aceptando los hitos parcialmente, a medida que los instalaban, y la reserva de los venezolanos de esperar su revisión para aceptarlos integralmente, una vez revisados y reconocidos como buenos sus posicionamientos en el terreno. Por cierto, Los Monjes eran y siguen siendo nuestros, sin solución de continuidad desde la época colonial como en la república, y Colombia, en noviembre de 1.952, de manera expresa declara que no objeta tal soberanía, y no se opone, ni tiene reclamación alguna sobre los mismos. Lo cito por cuanto fueron usados como referencia en el terreno para interpretar el laudo in situ. El caso es que los comisionados colombianos tomaron a castilletes en la costa, como límite entre ambos países. Por supuesto, esto nos quitó casi toda la península, la cual quedó en manos colombianas. El caso es que - a diferencia del congreso de 1.833 - el de 1.939, durante el gobierno del Gral. En Jefe Eleazar López Contreras, aceptó Castilletes. Luego, en 1.941, durante el gobierno del Gral. Isaías Medina Angarita, se acepta y el congreso lo refrenda, además se firma un “Tratado De Demarcación De Fronteras Y Navegación De Los Ríos Comunes” en el que de manera innecesaria como extra petita, sin que los colombianos lo pidieran o negociaran, y sin justa contraprestación, se les concedió la navegación libre por las aguas de los ríos comunes, etc. Total, esto pone fin a la parte de la fijación de los límites terrestres, y como he dicho “a llorar al valle”. Como oportunamente me recuerdan, algo similar sucedió con las islas fluviales en el Meta, cuando los Comisionados debían salir desde Cabruta. Debo por tanto y a sugerencia de mis amigos correctores incluir referencia tangencial al problema de la RECLAMACION ESEQUIBA, a la cual hemos arribado en circunstancias parecidas a las que nos obligaron las circunstancias de nuestra lamentable situación interna en la década 1896-1906. Este será tema al cual me dedicaré en otro escrito. A partir de allí y analizando hasta 1.941, no podemos, ni debemos juzgar las decisiones de ayer, de parte de Eleazar López Contreras - ocupado en mantener la calma y la cordura, y teniendo él la reciente muerte del General Gómez fresca - o de Isaías Medina Angarita – soportando similares crisis internas y externas – como en décadas más cercanas el caso del mismo Dr. Rafael Caldera – cuando éste firmó el Protocolo de Puerto España - cada uno en el caso y situación que les compete. Debemos en cambio analizar a cada uno según las circunstancias apremiantes de su tiempo, y con los elementos y pensamientos disponibles en su época. Similar consideración sería oportuna hacerla en el tiempo presente, y deslastrarnos del fanatismo y el odio o del resentimiento político, para analizar los hechos presentes y criticar proactiva y sensatamente. Este escrito pretende hacerse bajo esa racionalidad y perspectiva; pero con firmeza, sustentada en hechos históricos, de los cuales deberíamos aprender. Juzgue cada uno que tenga la bondad de leerme. Me queda pendiente por hablar sobre muchos aspectos como los de la Bahía de Cocinetas y su Costa Seca, lo del establecimiento del hito que está allí en su playa, y que amañadamente “tuerce” la dirección general que los límites establecidos por los hitos que colocados desde la teta de la guajira hasta castilletes trae, y cuya prolongación general apunta a PUNTA MACOLLA en la Península de Paraguaná, en el Estado Falcón, que es nuestra posición oficial en cuanto a cómo debería comenzar a delimitarse las aguas marinas y submarinas del Golfo De Venezuela que nos ocupa. Esto no da a pie, y en cambio se opone, a la manipulación que intentara Colombia con el señor Boggs en 1.951, y a cualquier nueva pretensión que nos amenace. Un abogado venezolano, el Dr. Aquiles Monagas, introdujo por ante la antigua CSJ una petición para la impugnación de estos límites en castilletes; pero, ello no progresó. Creo que el “Pacta Sunt Servanda” y el mismo andamiaje de las RR.II., no permitirían ir atrás en esto; so pena de meternos en un contencioso internacional de marca mayor, y a riesgos quizás de tener que recurrir incluso al uso del poder militar. Si tuviéramos que hacerlo, que sea, pero en defensa de agresiones no provocadas por Venezuela a nuestra soberanía y patrimonio territorial, una vez agotadas las soluciones pacíficas del artículo 33° de la carta de la ONU. Una vez que Colombia posee tierras en la parte oriental de la península de la Guajira, partiendo desde Castillete y hacia el norte hacia Punta Espada, donde inclusive estableció un puerto militar llamado “Puerto López”, y con la evolución del Derecho del Mar, la cual establece que “Toda tierra genera mar”, comienza el ciclo de delimitación de las aguas marinas y submarinas, en el que estamos; pues, Colombia aspira a aguas marinas y submarinas en sus adyacencias. El punto no es que no tenga, pienso yo, sino la cantidad y calidad de la zona que ilegalmente aspiran tener. Todos los métodos internacionales son claros y deben aplicarse con apego al derecho. Venezuela se siente herida y mantiene un sentimiento de incomodidad cada vez que Colombia intenta - mediante actos inamistosos – violar nuestras aguas. Venezuela nunca ha entrado en la jurisdicción de aguas colombianas, por ejemplo en Rio Hacha, Barranquilla, Cartagena, Santa Marta, ni el mismo Puerto López, etc., sin cumplir con los tratados y leyes. Colombia ha venido intentando todas estas décadas, sin éxito siempre, teorías tales como la equidistancia, e intentando ejercer soberanía sobre aguas e islas que no le pertenecen, ni les han pertenecido nunca. La tesis de la LÍNEA MEDIA BOGGS ha sustentado su inclusión en estas aguas de donde fueron sus naves rechazadas mediante acción decidida y contundente mediante aplicación del poder naval y militar de Venezuela, ordenado por parte del dictador General Marcos Pérez Jiménez en 1.952, y por el demócrata Jaime Lusinchi en 1.986, ambos por igual; cuando los colombianos, en cada una de tales oportunidades han intentado posicionar buques en aguas venezolanas, como el malhadado caso de la corbeta CALDAS, colocada más abajo del paralelo 12°, cuando fueron también hechos retroceder de sus intenciones. Debo recordar que durante el gobierno del presidente Luis Herrera, se intentó una negociación llamada Proyecto de Acuerdo de Caraballeda. Ésta fue una negociación abierta, con participación de muchos venezolanos enjundiosos como insignes, como fueran: Lara Peña, Pedro Nikken, etc. Estos enjundiosos notables evaluaron valiosas estrategias, opuestas en algunos casos, tales como la de la Costa Seca de Lara Peña, la de Bahía Vital e Histórica de Nikken, y todas ellas se estudiaron, junto con la opinión de militares de todo rango (me cupo de el honor de que el CA, Carlos Luengo Romero me diera la oportunidad de estudiar el tema y de opinar como oficial subalterno(TN) al respecto) y Venezuela en pleno, su presidente y su pueblo, junto a sus FFAANN se pusieron en un solo pie, en contra de “compartir” el golfo, y este intento de tratado no se firmó. Gracias a Dios. El caso es que atendiendo Colombia a su estrategia tradicional y consistente, en este caso, usando la Tesis Del Condominio, que de manera “inocente” incluyó el presidente López Michelsen en una charla a sus cadetes, dejó en el aire una tesis de explotación en condominio por parte de una empresa mixta venezolano-colombiana, que entra en el golfo a explorar y explotar los recursos que Dios y su providencia divina, puso en nuestro territorio terrestre y marítimo, en el Golfo de Venezuela , el cual precisamente nos da el nombre a nuestro país, pues allí nacimos como Venezuela, o “pequeña Venecia”. Detalles en escrito posterior. Creo haber mostrado suficientemente la inconveniencia de considerar el condominio como solución. No me extenderé sobre los particulares de la empresa mixta, pues ya el escrito está algo largo y no puedo volcar aquí todo el libro que he consultado, pero me atrevo a decir que los presidentes y lo que ellos hablan o dejan de decir son parte sumamente importante en los destinos de una nación… su nación. Recordemos el caso de la felicitación que Gómez dio en un discurso anual a los comisionados de la comisión mixta por su buen trabajo, aún cuando éstos no habían ido ni un día al campo. El árbitro suizo tomó en cuenta su discurso. “Si el presidente venezolano felicita, yo sentencio a favor de Colombia”… habría dicho el árbitro. Todo cuanto el presidente habla, y más ahora con los medios audiovisuales mundiales, tiene carácter vinculante.
A las opiniones, y accionar de gobiernos extranjeros, de sus FFAA y de sus funcionarios – por inocentes que parezcan - hay que salirle al paso de inmediato y emitir las notas de protesta o de aclaratoria a que hubiera lugar. Aquí sí vale lo de “quien calla otorga”. De allí que Venezuela haya emitido las mismas cada vez que Colombia ha intentado ejercer soberanía indebida e ilegalmente en nuestras aguas. Yo – por mi parte - no callo: ¡No al Condominio!
¡EL GOLFO DE VENEZUELA ES DE VENEZUELA…!
NOTA DE REMISIÓN:
Amigo Sammy y demàs colegas militares y compatriotas todos que somos; anexo por favor lean un trabajo de mi autorìa, publicado hace ya un buen tiempo. Se refiere al Diferendo de Delimitaciòn de Areas Marinas y Submarinas; con lo cual corrijo de antemano el titulo con el cual erròneamente saliò publicado el cual decìa "aguas". Es un resumen de lo estudiado en nuestros Cursos de Comando y Estado Mayor y Conjunto, como de Seguridad y Defensa; asì como mis lecturas autodidactas sobre el perticular, en especial la relectura del trabajo del fallecido Dr. Jorge Olavarrìa, EL GOLFO DE VENEZUELA ES DE VENEZUELA, obra de unas 150 pàginas magistrales que tratè de resumir en unas 10, unidas a mis opiniones al respecto de la nefasta tesis de Lòpez Michelsen, del "condominio" o explotaciòn compartida y posesiòn que se deriva, contraproducentemente, de la misma, del golfo nuestro y ùnicamente nuestro, sin lugar a dudas. Por fortuna, honor y suerte, nos tocò vivir el tiempo de esos ilustres venezolanos, enjundiosos y reconocidos paladines de la investigaciòn academica y pràctica del tema y quienes fueron nuestros profesores y/o conferencistas invitados, en ocasiòn de ser alumnos de los cursos que nos tocò hacer dentro del Sistema educativo Militar, subconjunto del Sistema Educativo Nacional, tales como - entre otros que nuestra memoria olvida de momento -. Lara Peña, Pablo Ojer, Pedro Nikken, Elsa Cardozo Da Silva, Carlos Gueròn, y otros, de quienes me excuso por no nombrar. Lo cargo o subo al foro militaresprofesionales por su importancia, pertinencia e inminencia acerca de la necesidad de mantener posiciones claras, categòricas, irrenunciables, y de genuina defensa permenente de nuestra Soberanìa e Integridad territorial.
Eddy Barrios Orozco
58-(0242) 361 40 64 Habitaciòn (Home).
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es muy largooooooooooo jaja
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