Por: Ludwig Moreno - @NOmasCNE
La constitución dice "clarito" que no puede haber votos entubados, bloques, grupos, sistemas paralelos ni ningún otro invento que pueda ROMPER CON LA REPRESENTACIÓN PROPORCIONAL.
La sola posibilidad de permitir a los miles de acompañantes rojos (como el que salió en el video de O Globo) que se "aseguren" de que el elector presione el botón de BLOQUE, es un suicidio electoral y un enésimo golpe de estado.
¿Hasta cuando violamos la constitución en consenso? ¿Hasta cuando permitiremos que la Oposición Oficial apruebe hacer cosas en contra de los ciudadanos? VAN 11 Y VAMOS PARA 12!
Artículo 186. La Asamblea Nacional estará integrada por diputados y diputadas elegidos o elegidas en cada entidad federal por votación universal, directa, personalizada y secreta con representación proporcional, según una base poblacional del uno coma uno por ciento de la población total del país. (resaltado nuestro)
Artículo 162. El Poder Legislativo se ejercerá en cada Estado por un Consejo Legislativo conformado por un número no mayor de quince ni menor de siete integrantes, quienes proporcionalmente representarán a la población del Estado y a los Municipios. (resaltado nuestro).
Artículo 175. La función legislativa del Municipio corresponde al Concejo, integrado por concejales elegidos o concejalas elegidas en la forma establecida en esta Constitución, en el número y condiciones de elegibilidad que determine la ley. (resaltado nuestro)
Como a veces a la memoria hay que darle "una ayudaíta", enumero aquí las veces que se han producido violaciones consensuadas.
1. La constituyente del 99, rompiendo el principio de representación proporcional, violó el artículo 250 de la constitución del 61, y el congreso extinto lo permitió.
2. La reelección de Hugo Chávez en el 2.000 violó la del 99.
3. El referendo "plebiscitado" del 2004 violó el art. 72.
4. Las parlamentarias del 2005 con una decisión sesgada del TSJ permitía las morochas, se violó el artículo 186.
5. En las presidenciales del 2006, se violaron los artículos 63 y el 298.
6. El referendo de la reforma del 2007 violó los artículos 6, el 340 y el 342.
7. Las regionales del 2008 violaron el 162, el 63 y el 186.
8. El referendo constitucional del 2009 violaba el artículo 345.
9. Las parlamentarias del 2010 violaron de nuevo el 186.
10. En el 2011 no hubo elecciones pero violan el artículo 162 cuando deciden prolongar el período por el cual fueron electos los miembros de los Consejos Legislativos Municipales y Estadales.
11. En el 2012, con el tema de las "captahuellas inconstitucionales", el cambio del reglamento y el sistema de información al elector.
¿Quieren leer más sobre el bloque-tubo?
1. Lo pretendido por el G2 y y preaprobado por la MUD:
http://www.panorama.com.ve/portal/app/vista/detalle_noticia.php?id=41268
http://www.panorama.com.ve/portal/app/vista/detalle_noticia.php?id=41409
2. Lo que fue expuesto al respecto en 2010:
http://www.esdata.info/2010
3. El recurso de nulidad introducido ante el TSJ
https://www.dropbox.com/s/412n6l1wsgppav8/oficio.doc
4. Violaciones constitucionales "a la carte", expuestas por los
ex-rectores del CNE
https://dl.dropbox.com/u/44490747/ASUNTOS%20ELECTORALES/2012/EX_RECTORES_cne.LORES.Resumen.pdf
Saludos
No hay comentarios:
Publicar un comentario
Su Comentario